Nuevo Código Civil y Comercial: hubo tres casamientos y diez uniones convivenciales

Ahora las parejas tienen más alternativas al momento de consolidar sus relaciones. En el Registro Civil aún no hubo consultas sobre la forma de inscripción de los recién nacidos.

Ya hubo 12 parejas con las que se puso en práctica el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en la provincia. Desde su entrada en vigencia, en Santa Fe se registraron dos matrimonios en la capital provincial y uno en Rosario; y hubo diez uniones convivenciales –cuatro en Santa Fe, una en Rosario y cinco en distintas localidades del interior–.

Los datos fueron brindados por el director del Registro Civil, Gonzalo Carrillo, quien además comentó que no hubo consultas sobre la modalidad de inscripción de los recién nacidos y lo atribuyó, en parte, a que en la provincia ya regía una normativa que habilitaba la utilización del apellido materno y de los dos apellidos.

 

El funcionario dijo que la implementación del nuevo Código se ha desarrollado “muy bien” y remarcó la importancia de las instancias de capacitación que se habían llevado adelante con el personal.

“No hubo demasiadas consultas pero suponemos que con los días se van a ir acrecentando”, explicó y agregó que el primer matrimonio se celebró el sábado 1º de agosto y que fue un casamiento a domicilio en Rosario. En tanto, en la capital provincial las ceremonias tuvieron lugar el primer día hábil de la semana.

Además expresó que una pareja rosarina ya solicitó que su matrimonio se realice bajo el sistema de separación de bienes, una de las innovaciones que trae aparejada la nueva normativa. “Estamos viendo si le vamos a informar o no a la gente cuando se acerca a pedir turno porque hubo una prueba piloto con una persona que se acercó al Registro Civil a la que cayó un poco mal que le preguntemos sobre la parte patrimonial”, comentó el funcionario.

“Vamos a ver cómo brindamos la información –añadió–. En principio le preguntamos a las parejas cuando llegan a pedir turno”.

Sobre la diferencia entre ambos sistemas, Carrillo explicó: “El régimen de comunidad es el que tuvimos siempre. Lo que ingresaba al matrimonio mientras la pareja estaba junta se dividía por la mitad. En cambio la separación de bienes implica, en términos muy sencillos, que lo tuyo es tuyo y lo mío es mío. Así cada uno dispone y administra lo propio”.

Más que un certificado

El director del Registro Civil hizo hincapié en que la ciudadanía se informe y asesore antes de realizar alguno de los trámites, en especial aquellos que son nuevos o tienen características diferentes a las históricas. “Fundamentalmente hay que tener en cuenta que la unión convivencial no es el certificado de convivencia que daban en Tribunales”, resaltó.

Al respecto mencionó que la nueva figura para las parejas convivientes crea derechos y obligaciones similares a las del matrimonio, aunque no da derecho hereditario. “Eso es diferente al certificado de convivencia de Tribunales”, insistió.

Para realizar ese trámite es necesario que la pareja se presente en alguna oficina del Registro Civil, sin necesidad de solicitar un turno previo ni de ser acompañada por testigos. Aunque, en otras provincias sí podría exigirse la presencia de terceros que validen el vínculo durante la firma del acuerdo convivencial.

Nombres y apellidos

Otro de los cambios que incorpora el Código Civil y Comercial es que habilita que los recién nacidos puedan ser inscriptos con nombres de lenguas originarias y que se pueda optar por el apellido de cualquiera de los progenitores o de ambos en el orden que hayan elegido.

“Nosotros habíamos sacado una resolución hace cuatro o cinco meses en las que se permite a la pareja seleccionar el apellido que quisieran. A partir de ahí hubo muchas consultas”, sostuvo el director del Registro Civil, por lo que destacó que en esta instancia no es un gran cambio.

Además dijo que el lunes no hubo ninguna consulta respecto a ese tema en las oficinas de la institución que dirige. “Los chicos se inscribieron sin inconvenientes. Nadie solicitó, por ahora, esa posibilidad”, manifestó Carrillo.

Cabe recordar que la provincia fue una de las pioneras en el reconocimiento del derecho a elegir el apellido con el que se desea inscribir a los hijos. La disposición llegó en marzo de este año cuando una nena de Santo Tomé fue inscripta con el apellido materno antes que el paterno.

La decisión, según se argumentó en su momento, se adoptó en consonancia con las disposiciones que entrarían en vigencia con el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.

Consultas y sorpresas

Si bien los primeros días de trabajo con ese nuevo marco han transcurrido sin inconvenientes Carrillo reconoció que, como ocurre en todo proceso de cambio, puede haber sorpresas, consultas y dudas. “Estamos todos viendo qué va a pasar, ésa es la realidad. Vamos a ver cómo evoluciona, qué cosas habrá que cambiar y cuáles hay que mantener”, subrayó.

Y siguió: “En la teoría suponemos todos que hicimos las cosas bien. De hecho, hoy (por el lunes) no se presentó ningún problema. Pero seguramente surgirán inconvenientes con casos particulares y lo tendremos que solucionar con el transcurso del tiempo”.

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Tras un largo camino hasta su aprobación, entra en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial

La aprobación legislativa, coronada con la sanción en Diputados el 1 de octubre de 2014, tuvo un amplio recorrido que incluyó el trabajo de una comisión de expertos que elaboró el proyecto, más de 100 juristas que dieron precisiones al texto y una Comisión Bicameral que realizó 29 audiencias públicas en diferentes puntos del país.
El camino se inició con el Decreto Presidencial número 191, del 23 de febrero de 2011, mediante el cual creó la “Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación”, que presidió el titular de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, e integraron también Elena Highton de Nolasco, vicepresidente de dicho Tribunal y la doctora Aída Kemelmajer de Carlucci.

La comisión, que tenía un plazo de 365 días para elevar el anteproyecto al Poder Ejecutivo, lo hizo tras consultar a 109 juristas que realizaron sus aportes sobre las diferentes temáticas abordadas por la iniciativa en cuestión.

El anteproyecto fue elevado al Poder Ejecutivo el 27 de febrero de 2012, y tras dar a conocer los lineamientos principales del texto, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunció la creación de una Comisión Bicameral en el Congreso que se abocaría a trabajar sobre la nueva normativa.

Así, el Poder Ejecutivo envió el 8 de junio a ambas cámaras del Congreso un mensaje en el que incluía el proyecto a debatir y la propuesta de creación de la Comisión Bicameral.

Una vez enviado al Congreso se creó la “Comisión Bicameral para la Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación” que estuvo integrada por 15 diputados y 15 senadores, en su mayoría oficialistas, respetando la relación de fuerzas de los diferentes bloques parlamentarios.

Ese grupo de trabajo presidido primero por el senador kirchnerista Marcelo Fuentes y luego por la también oficialista Diana Conti, comenzó a trabajar en agosto de 2012 aprobando un Reglamento de Audiencias Públicas.

Las mismas se desarrollaron entre septiembre y noviembre y tuvieron lugar en el Congreso, en ciudades del Gran Buenos Aires y en 19 puntos del interior del país.

En ese marco se escucharon y receptaron más de 1.500 ponencias sobre los diferentes temas incluidos en el nuevo Código
El 21 de noviembre de 2013 salieron un dictamen de mayoría y cinco de minoría remitidos al Senado, que lo trató una semana después en una sesión especial en la que el oficialismo no aceptó las modificaciones propuestas por la oposición al texto original.

El cuerpo sólo aceptó dos cambios pedidos por un senador kirchnerista y rechazó el pedido de la oposición para que se votara primero en general y luego en particular.

Esto motivó el enojo de la oposición que como consecuencia de la negativa oficialista se retiró del recinto y dejó en soledad al Frente para la Victoria-PJ y sus aliados, que consiguieron 39 votos para aprobar la norma, en tanto que se registró un voto en contra.

El texto aprobado por la Cámara alta ingresó a Diputados el 17 de diciembre de 2013; aunque recién llegó al recinto el 1 de octubre del siguiente año, en el marco de un debate, que, al igual que en el Senado, estuvo signado por la discusión de cuestiones reglamentarias.

Con la oposición reiterando la medida adoptada previamente en el Senado, es decir retirándose de la sesión, el bloque oficialista de Diputados quedó junto sus aliados en el recinto para darle 135 votos favorables al proyecto.

El Código Civil y Comercial entrará en vigor el próximo 1 de agosto, seis meses antes de lo que previeron los legisladores en un principio, y con sus 2.671 artículos reemplaza a los más de 4.000 artículos que tenía el Código Civil y a los 506 del Comercial sancionado en 1869.

Sus artículos implican modificaciones en temas relevantes como los derechos personalísimos, capacidad, reproducción humana asistida, adopción, defensa del consumidor, matrimonio, divorcio unión convivencial y sucesiones, entre otros.
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