En Londres, Echegaray exigió a HSBC repatriar u$s 3.500 millones

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, participó en la audiencia de la Comisión de Cuentas Públicas de la Cámara de los Comunes del Parlamento británico, donde estuvieron los principales ejecutivos del banco HSBC por maniobras de evasión fiscal de la entidad ocurridas en el Reino Unido.

En la audiencia declararon Stuart Gulliver, director ejecutivo de HSBC Holdings PLC y Rona Fairhead, directora independiente de la entidad. También declaró Edward Troup, secretario permanente del HMRC (Her Majesty’s Revenue and Customs), que es la autoridad tributaria del Reino Unido.

«Nuestra presencia en Londres tiene como finalidad escuchar a las máximas autoridades a nivel mundial del banco y conocer la posición del HSBC Holding PLC -con sede en Reino Unido- respecto de las investigaciones que se llevan a cabo en todo el mundo. Particularmente, AFIP quiere evaluar cómo impacta la política mundial del Banco en la posición que ha tomado HSBC en la Argentina», destacó Echegaray luego del encuentro.

«Desde la AFIP buscamos que el HSBC repatríe los 3.500 millones de dólares fugados por contribuyentes argentinos a través del Banco y que se paguen los impuestos evadidos en esa maniobra», resaltó el administrador federal.

Vale recordar que AFIP denunció penalmente por evasión y asociación ilícita fiscal a los titulares de las 4.040 cuentas ocultas en Suiza, como así también a los facilitadores de la evasión y a la filial local del banco por facilitar la plataforma para evadir impuestos. La denuncia recayó en el Juzgado Nacional Penal Tributario Nº 3, a cargo de la Jueza Dra. María Verónica Straccia; Fiscalía Nacional en lo penal Tributario N° 1 a cargo de Claudio Navas Rial.

También, AFIP desarrolló una activa participación en la causa penal como querellante, solicitando exhortos a Suiza y pidiendo la detención internacional de Miguel Abadi, un argentino que figura como máximo tenedor de cuentas ocultas en Suiza a nivel mundial y con fuertes vínculos con la quiebra fraudulenta del Banco Mayo. Las penas previstas en estos delitos podrían llegar a los 10 años de prisión.

• Un argentino, el cliente con más dinero en las cuentas suizas

Argentina es el país número 21 en cantidad de dinero evadido y el octavo en número de clientes. Pero la cuenta con más dinero del escándalo corresponde a un argentino, un gestor de fondos llamado Miguel Ángel Abadi que vive en Londres y que administró 1.400 millones de dólares.

El gobierno se querelló contra HSBC en Argentina en noviembre, después de que el gobierno francés le transmitiera la lista de evasores que consiguió gracias a Hervé Falciani -exempleado del banco- y ha solicitado a la jueza instructora María Straccia que emita una orden de arresto internacional contra Abadi.

«Abadi se subió a un barco y ese barco es HSBC. Por eso es importante que HSBC corrija el rumbo», sentenció Echegaray.

«Las autoridades del HSBC en Argentina diseñaron una plataforma para ocultar fondos en HSBC en Suiza. Hubo fuga de capitales y evasión de impuestos. Intervinieron facilitadores que ayudaron crear sociedades en paraísos fiscales para ocultar los fondos y los nombres de los titulares de las cuentas», explicó el administrador de la AFIP sobre el rol de personas como Abadi en el escándalo.

Abadi actuó «a través del fondo de inversiones Gems. Lo que ese fondo evadió, es lo mismo que lo que los fondos buitres reclaman a Argentina», dijo, a modo de ejemplo, comparando Swissleaks con el litigio que Argentina mantiene en los tribunales de Nueva York con los fondos de inversión que no aceptaron entrar en el canje de la deuda tras el cese de pagos en 2001.

Echegaray reveló que han colaborado con las autoridades británicas en el caso HSBC y que su administración está en contacto con exdirectivos de otro banco, UBS, por un caso similar al de HSBC.

«El 13 de febrero recibimos un pedido de información de la agencia tributaria del Reino Unido para que les tramitáramos la información de nuestra querella criminal. El pedido fue atendido rápidamente, en 3 o 4 días. Estamos a disposición de nuestros colegas del Reino Unido», dijo.
ambito.com

Echegaray participará en Londres de las audiencias por evasión de HSBC

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, participará el lunes en la audiencia pública de la Comisión de Cuentas Públicas de la Cámara de los Comunes del Parlamento Británico, donde declararán ejecutivos del banco HSBC por maniobras de evasión fiscal de la entidad.

La AFIP reclama que vuelvan al país 3.500 millones de dólares pertenecientes a ciudadanos argentinos que se evadieron a Suiza por supuestas maniobras del HSBC, según denunció el organismo recaudador, que denunció la existencia de más de 4.000 cuentas bancarias de argentinos en la filial Suiza.

En la audiencia del lunes venidero estarán presentes el director ejecutivo de HSBC Holdings PLC, Stuart Gulliver; la directora independiente de la entidad, Rona Fairhead, y el titular de autoridad tributaria británico, Edward Troup.

La Comisión de Cuentas Públicas está integrada 14 miembros parlamentarios: 8 conservadores, 5 laboristas y un liberal-demócrata, mientras que su presidenta es la laborista Margaret Hodge.

Por otra parte, la semana pasada HSBC había confirmado que Gulliver posee una cuenta bancaria en la filial suiza de la entidad, justamente la que está bajo la investigación de la justicia suiza por la sospecha de haber ayudado a sus clientes a evadir impuestos.

La confirmación del banco ocurrió después de que el diario británico The Guardian publicara que Gulliver habría participado en la supuesta evasión de impuestos a través de la filial suiza del HSBC.

«The Guardian» publicó que Gulliver posee 5 millones de libras (6,7 millones de euros) en la filial suiza del banco, en una cuenta a nombre de una compañía panameña.

El caso de la posible evasión fiscal facilitada por el HSBC que salió a la luz a partir de los documentos conocidos como lista Falciani, generó un clima de tensión que ahora apunta hacia los organismos de Hacienda británicos que podrían haber conocido estas actividades varios años atrás.

Por otra parte, hace dos semanas la fiscalía suiza abrió una investigación penal contra HSBC por blanqueo de capitales a raíz de la publicación masiva de datos de la «Lista Falciani», que reveló que la sucursal de Ginebra rozaba prácticas ilícitas.

El escándalo del HSBC Suiza estalló tras el robo de información sobre miles de cuentas secretas y las transacciones de los clientes para evadir impuestos, con ayuda del banco, de parte de Hervé Falciani, un ex empleado de la entidad experto en informática, por lo que la Justicia suiza allanó la sede Ginebra.

El comunicado de la fiscalía de Ginebra informó que el banco está directamente involucrado porque el código penal establece que una empresa puede ser «investigada independientemente de la responsabilidad penal de sus empleados si se les puede probar que no adoptaron todas las medidas necesarias para impedir infracciones en su interior».

Por su parte, la filial de Ginebra de HSBC expresó su disposición a seguir colaborando con la justicia tras la apertura del proceso.

«Siempre se colaboró con las autoridades suizas desde el descubrimiento del hurto de datos del 2008 y se continuará colaborando», afirmó el banco en un comunicado.
ambito.com

Echegaray participará en Londres de las audiencias por evasión de HSBC

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, participará el lunes en la audiencia pública de la Comisión de Cuentas Públicas de la Cámara de los Comunes del Parlamento Británico, donde declararán ejecutivos del banco HSBC por maniobras de evasión fiscal de la entidad.

La AFIP reclama que vuelvan al país 3.500 millones de dólares pertenecientes a ciudadanos argentinos que se evadieron a Suiza por supuestas maniobras del HSBC, según denunció el organismo recaudador, que denunció la existencia de más de 4.000 cuentas bancarias de argentinos en la filial Suiza.

En la audiencia del lunes venidero estarán presentes el director ejecutivo de HSBC Holdings PLC, Stuart Gulliver; la directora independiente de la entidad, Rona Fairhead, y el titular de autoridad tributaria británico, Edward Troup.

La Comisión de Cuentas Públicas está integrada 14 miembros parlamentarios: 8 conservadores, 5 laboristas y un liberal-demócrata, mientras que su presidenta es la laborista Margaret Hodge.

Por otra parte, la semana pasada HSBC había confirmado que Gulliver posee una cuenta bancaria en la filial suiza de la entidad, justamente la que está bajo la investigación de la justicia suiza por la sospecha de haber ayudado a sus clientes a evadir impuestos.

La confirmación del banco ocurrió después de que el diario británico The Guardian publicara que Gulliver habría participado en la supuesta evasión de impuestos a través de la filial suiza del HSBC.

«The Guardian» publicó que Gulliver posee 5 millones de libras (6,7 millones de euros) en la filial suiza del banco, en una cuenta a nombre de una compañía panameña.

El caso de la posible evasión fiscal facilitada por el HSBC que salió a la luz a partir de los documentos conocidos como lista Falciani, generó un clima de tensión que ahora apunta hacia los organismos de Hacienda británicos que podrían haber conocido estas actividades varios años atrás.

Por otra parte, hace dos semanas la fiscalía suiza abrió una investigación penal contra HSBC por blanqueo de capitales a raíz de la publicación masiva de datos de la «Lista Falciani», que reveló que la sucursal de Ginebra rozaba prácticas ilícitas.

El escándalo del HSBC Suiza estalló tras el robo de información sobre miles de cuentas secretas y las transacciones de los clientes para evadir impuestos, con ayuda del banco, de parte de Hervé Falciani, un ex empleado de la entidad experto en informática, por lo que la Justicia suiza allanó la sede Ginebra.

El comunicado de la fiscalía de Ginebra informó que el banco está directamente involucrado porque el código penal establece que una empresa puede ser «investigada independientemente de la responsabilidad penal de sus empleados si se les puede probar que no adoptaron todas las medidas necesarias para impedir infracciones en su interior».

Por su parte, la filial de Ginebra de HSBC expresó su disposición a seguir colaborando con la justicia tras la apertura del proceso.

«Siempre se colaboró con las autoridades suizas desde el descubrimiento del hurto de datos del 2008 y se continuará colaborando», afirmó el banco en un comunicado.
ambito.com

La Afip pone la lupa sobre las silobolsas

El fisco creó un régimen de información para la venta de esas unidades de almacenamiento de granos.

La administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) estableció un régimen de información de las operaciones de venta de bolsas plásticas para el almacenamiento de esos granos, conocidas como silobolsas.

La medida, que se publica hoy lunes en el Boletín Oficial, alcanza a los fabricantes, proveedores, vendedores, revendedores e intermediarios de esos productos, quienes deberán informar las ventas por transferencia electrónica de datos.

La nueva imposición llega en medio de los continuos tironeos del Gobierno nacional con los productores rurales que retienen granos en sus establecimientos.

Exigencias
La obligación para informar será mensual y el plazo es hasta el día 15 del mes siguiente al período a informare.

Además, incluye a las operaciones efectuadas durante el período comprendido entre el 1º de octubre y el 28 de febrero pasados, que deberá formalizarse hasta el próximo 30 de abril.

El organismo justificó la implementación del régimen en razón de optimizar las funciones fiscalizadoras e intensificar el uso de sistemas informáticos que faciliten a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones.

AFIP criticizes US for not sharing tax data

Echegaray and US Ambassador Mamet seal agreement to exchange trade information
It was supposed to be a simple tax agreement — high in protocol low in content — between Argentina and the United States.
But when US Ambassador Noah Mamet went to the AFIP tax bureau headquarters yesterday for what looked to be a photo-op he suddenly found himself on the receiving end of some chastising by chief taxman Ricardo Echegaray, who criticized the United States for its failure to exchange tax information with Argentina.
Echegaray called on the recently arrived ambassador to help reach “total transparency status” between the two countries.
Echegaray signed a memorandum of understanding with Mamet to re-start exchanging trade information between the two countries, which was once commonplace but stopped three years ago. The new deal will allow to identify financial transactions that could include money laundering, smuggling and overvaluation of goods.
“It’s a positive gesture of the US government to walk along the path toward transparency. Nevertheless, there’s an area still missing and that’s the fiscal exchange of information. Argentina has already done its part to start sharing the data and now we hope the US does the same,” Echegaray said yesterday alongside Mamet. “We want to put this issue on the ambassador’s agenda.”
Argentina and the United States are both signatories — along with more than 50 countries — to the Convention on Mutual Administrative Assistance in Tax Matters, which regulates information exchange between states regarding tax issues. It’s currently the most comprehensive instrument available for tax cooperation and exchange of information. Argentina has already implemented the convention but the United States has yet to do so pending congressional approval.
“We want to start working with the US on a reciprocal exchange in financial matters and reach total transparency status. AFIP has a significant database of Argentine tax payers, who are living in Argentina and abroad,” Echegaray said. “We were audited by the G20 on information exchange and obtained satisfactory results. I hope the US ambassador takes this information with him and puts it on the discussion table.”
Mamet, who spoke before Echegaray and in English, made no reference about the US implementing the convention or signing a bilateral tax deal with Argentina, which the AFIP hopes to implement in the near future.
“The US and Argentina are making an important commitment by entering into an agreement over trade transparency. It will help to detect money laundering and commercial fraud violation,” Mamet said. “There’s a need for information-sharing and collaboration as transnational criminal organization know no borders. The global law enforcement community must remain united.”
A bilateral agreement
While the US still has to ratify the multilateral convention, the other option for AFIP is to move forward with a bilateral fiscal information exchange with the United States. The tax bureau started negotiating one with the IRS after the US passed the Foreign Account Tax Compliance Act (FACTA) law, which requires foreign financial institutions to report to the US Internal Revenue Service (IRS) about their US clients.
“There’s no bilateral deal but there’s the multilateral convention, which the US signed but hasn’t implemented yet. Argentina did all its homework but the US hasn’t,” César Litvin, tax expert and head of the Argentine Tax Institute, told the Herald. “When the convention is implemented by the US, Argentina will be entitled to request information about bank accounts.”
The G5 states — Germany, France, Italy, Spain and the United Kingdom — conducted negotiations with the US to ensure that the FACTA law could be implemented reciprocally on the basis of an international agreement. But the same has not happened with other countries, which are required to sent fiscal data to the US without receiving any from it.
“There’s currently no fiscal information exchange deal between the US and Argentina. The US only signed a few with some key countries. In order to move forward with it, Argentina must seal a deal with the US to prevent double taxation,” Marcos Torassa, partner at Torassa & O’Donnell, told the Herald.
There are two main types of tax agreements that can be sealed with the United States. Under one model, financial institutions report information about US accounts to the tax authority of the partner country. That tax authority then provides the information to the US.
Under a different model, the financial institutions of a partner country report directly to the IRS, the US tax agency.
The US proposed years ago to sign an agreement that follows the first model, but Argentina insists it will only seal a deal if its reciprocal — meaning the AFIP will have access to data about Argentines in the US.
“We want to have a reciprocal relationship with the IRS and the United States so it has the ability and obligation to inform us about the bank accounts of Argentines abroad,” Echegaray said at a press conference last year.
buenosairesherald.com

Más argentinos deberán pagar el impuesto por Bienes Personales

Debido a que el tope seguirá fijo y subirá la valuación de inmuebles, autos y otros activos; se incrementa el número de contribuyentes.

A partir de este 2015, más argentinos deberán pagar el impuesto por Bienes Personales, debido a que la AFIP actualizó los valores de los autos, motos, moneda extranjera, bonos, y otros bienes y activos, pero no modificó el mínimo o el piso a partir del cual se paga este impuesto: sigue clavado en $ 305.000 desde 2007.

En efecto, quienes pagan actualmente, deberán desembolsar más dinero y, a la vez, más gente estará alcanzada por este tributo como consecuencia de la doble vara de ajustar las bases imponibles del impuesto y mantener congelado el mínimo exento y las escalas.

Según Clarín, los criterios de valuación no son uniformes. Lo mismo pasa con otros impuestos, como Ganancias con el mínimo no imponible, demás deducciones y escalas totalmente desactualizadas.

En este contexto, la recaudación de Bienes Personales bate récords año tras año, por encima de la inflación. En 2014 la AFIP recaudó el doble, 100% más, que en 2012 captando no una mayor “riqueza” sino la incidencia de la mayor inflación con un mínimo congelado.

También se calcula que todos los años unos 100.000 nuevos contribuyentes pasan a estar alcanzados por este tributo y para este año se estima que más de un millón de personas deberán presentar la Declaración Jurada.

Fuente: Clarín

La AFIP pide la captura del contador de un fondo de inversión

La Administración Federal de Ingresos Públicos le pidió al juzgado la captura internacional de Miguel Abadi, el contador titular del fondo de inversión GEMS, quien administró 1.400 millones de dólares sólo para el año 2006.

AFIP le solicitó al Juzgado Penal Tributario Nº3 la repatriación de los 3.800 millones de dólares fugados en 4.040 cuentas ocultas en Suiza.

La denuncia no sólo abarca al banco HSBC, sino también a una plataforma facilitadora de la evasión conformada por apoderados, abogados y contadores que pusieron a disposición una red off shore de sociedades extranjeras para evadir impuestos.
diariouno.com.ar

La AFIP prohibe a terceros participar en las transferencias de jugadores de fútbol

Los contratos que se celebren desde mayo podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional involucrado.

La Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso hoy que ningún tercero u “hombre de negocio del fútbol” podrá participar en las ganancias que se obtengan del traspaso de jugadores de un club a otro de fútbol.

“Ningún club o jugador podrá firmar un contrato que conceda a un tercero (“hombre de negocio del fútbol”) el derecho de participar, parcial o totalmente, del valor de un futuro traspaso de un jugador de un club a otro, o que le otorgue derechos relacionados con futuros fichajes o con el valor de futuros fichajes”, establece la Resolución General 3740 publicada hoy en el Boletín Oficial.

“Consecuentemente con esto, los contratos que se celebren a partir del 1 de mayo de 2015, inclusive, podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional involucrado”, agrega uno de los considerandos de la normativa de la AFIP.

Según el artículo 1, “los sujetos —clubes o jugadores— obligados a actuar como agentes de información y, en su caso, de retención, de acuerdo con las previsiones de las Resoluciones Generales vigentes, continuarán informando conforme las previsiones de dichas normas, teniendo en cuenta que tales contratos podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional involucrado”.

También aclara que la AFIP, “efectuará cruces informáticos con la información referida a los contratos vigentes al 30 de abril de 2015, que la “Fédération Internationale de Football Association” (FIFA) tenga registrados en el Sistema de Correlación de transferencias (TMS)”, para profundizar los controles.

Esta decisión de la AFIP acompaña el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la “Fédération Internationale de Football Association” (FIFA).

Resolucion 3740 Afip Pases Futbolistas by Cronista.com

 

por CRONISTA.COM

Circula una foto del Narco mexicano “Greg” Martínez con Cristina Kirchner por las redes sociales

Se conoció mediante investigaciones de la AFIP que el ex intendente de Cancún (México), Gregorio “Greg” Sánchez Martínez, hizo inversiones millonarias en Entre Ríos. A Martínez se lo vincula con el ex capo mundial del narcotráfico, Joaquín “El Chapo” Guzmán Loera. Las relaciones políticas en Argentina de “Greg” irían desde Urribarri hasta la mismísisma Cristina Kirchner.

GREGORIO

Gregorio Sánchez Martínez, hizo inversiones millonarias en La Paz. Compró un campo de casi 900 hectáreas y también habría adquirido las islas lindantes, río mediante, para la cría de ganado, en la costa santafesina. Toda esta situación fue investigada por la AFIP, a tal punto que realizó varios allanamientos.

Todo comenzó cuando la AFIP denunció al inversor por “operación sospechosa” en la compra del campo de 930 hectáreas, y suspendió preventivamente el CUIT del vendedor y del empresario mexicano. La transacción investigada consiste en la compra de un campo en la provincia de Entre Ríos que se efectivizó mediante la donación de 2 millones de dólares por parte de Gregorio Sánchez Martínez a uno de sus hijos de tres años. Además, envió la información a la Unidad de Información Financiera (UIF), al Servicio de Administración Tributaria de México y a la ATER (Administradora Tributaria de Entre Ríos) a los efectos de coordinar acciones conjuntas por la operatoria de explotación del campo. Y, reportó que había detectado que la operatoria “no fue bancarizada” y que el empresario mexicano “tiene causas penales en su país por lavado de dinero y tráfico de personas”.

Esta ardua tarea de la AFIP sería una especie de llamado de atención del titular de dicho organismo, Ricardo Echegaray, a la cúpula kirchnerista, debido al avance de la justicia en la causa contra Amado Boudou por Ciccone, ya que él también está mencionado y se sentiría “desprotegido”, con temor a quedar implicado después de declaraciones deslizadas por el vicepresidente en un canal oficialista.

Por su parte Gregorio Sánchez Martínez es ex intendente de la ciudad mexicana de Cancún, “Greg” dejó México en 2010 por presuntos problemas judiciales, alguno de los cuales lo habría relacionado con el ex capo mundial del narcotráfico Joaquín “El Chapo” Guzmán Loera.  Luego de eso fijó domicilio en Posadas desde octubre del 2013 hasta enero de este año, motivo por el cual se habría querido implicar a parte del poder político de Misiones como “cortina de humo” para distraer la atención sobre quien, a priori, aparece como uno de los precandidatos a presidente del kirchnerismo, Sergio Urribarri y que sería, como detallamos anteriormente, el objetivo de la “movida” de Echegaray, quien buscaría dar a entender que el mexicano Martínez no sería un inversionista en Entre Ríos, sin tener una relación política en esa provincia.

“Mi idea es hacer una fuerte inversión ganadera y agropecuaria”, contaba Martínez pero nunca le explicó por qué había optado por hacerlas en Entre Ríos. El dato llamativo es que siempre, tanto en su estadía en Misiones como en Entre Ríos, siempre se ufanó de sus “buenos contactos políticos” a nivel argentino y en latinoamericano. De hecho, en su Facebook, Gregorio Sánchez Martínez, tiene fotos con el comandante venezolano Hugo Chávez, con el presidente cubano Raúl Castro e incluso con la mismísima Cristina Kirchner que de modo sorpresivo empezaron a circular por las redes sociales.

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misionesparatodos.com

 

 

 

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http://seprin.info/2015/02/15/amenazas-a-nisman-mexico-la-narco-conexion-k/

 

Ya deben inscribirse en registro de AFIP los alquileres superiores a $ 8000 por mes

La obligación de inscribir los alquileres de inmuebles urbanos en el régimen de información de operaciones inmobiliarias de la AFIP entró finalmente en vigencia este año. Se venía postergando desde 2010 y sólo se aplicaba en el ámbito rural. El límite económico es bajo: los propietarios deberán anotar todos los contratos de locación por los que perciban, individualmente o en conjunto, $ 8000 por mes.

El plazo para la presentación de la información referida a contratos por inmuebles urbanos y que fueron celebrados con anterioridad al 1º de enero pasado es el próximo 28 de febrero.

El inquilino también tiene obligaciones que cumplir a través de la página de internet de AFIP en el momento de efectuar el pago del alquiler, ya que deberán verificar el cumplimiento por parte del propietario del inmueble en este régimen de información y retener el Impuesto a las Ganancias.

La AFIP creó en 2010 un «Registro de Operaciones Inmobiliarias» (ROI) al cual deben inscribirse, entre otros, los locadores de bienes inmuebles (incluidos los efectuados bajo la modalidad de leasing), así como las sublocaciones y subarriendos, cuando las rentas brutas devengadas en su conjunto sumen un monto igual o superior a los $ 8000 mensuales (sin IVA), recordó el estudio Molas & Asociados.

También se encuentran alcanzadas las cesiones de derechos y/o contratos que impliquen derechos de uso a título oneroso sobre estos inmuebles, siempre que superen la renta bruta de los $ 8000 por mes.

El propietario deberá cumplir con el régimen de información, brindando todos los datos del contrato de alquiler (datos del inmueble, de los contratantes, fecha de celebración, de inicio y de finalización, monto pactado, frecuencia del pago, etc.), ingresando con clave fiscal al servicio denominado «Registro de Operaciones Inmobiliarias», opción «Locaciones y/o Cesiones de Inmuebles». Una vez ingresada la información, el sistema emitirá una constancia con un código verificador, la cual deberá ser entregada al inquilino.

La obligación de informar deberá cumplirse el día 26 del mes inmediato siguiente a aquel en que se celebre el contrato. Las modificaciones deberán informarse hasta el último día hábil del mes inmediato siguiente a aquel en que se produzcan. Si no se registraron contratos, deberá presentarse igualmente «sin movimiento».

A su vez, el responsable deberá presentar una declaración jurada anual que contendrá la totalidad de la información suministrada a lo largo del año. La misma deberá presentarse el día 26 de marzo del año calendario inmediato posterior a aquel al que corresponda la información.

Cuando las operaciones se pacten en moneda extranjera, los respectivos importes deberán convertirse a moneda nacional, aplicando el valor de cotización tipo comprador del Banco Nación, vigente al cierre del día hábil inmediato anterior al cierre del contrato que debe ser inscripto en el ROI.

En caso de sociedad conyugal, debe inscribirse el cónyuge al que corresponda atribuir las rentas provenientes de la locación, arrendamiento, cesión o similares.

Los alquileres urbanos incluyen a los espacios fijos sobre inmuebles (carteles, antenas, etc.) celebrados por cuenta propia o con la intervención de intermediarios.

Se excluyen las locaciones y prestaciones que sean efectuadas por servicios de hotelería y playas de estacionamiento.

Los intermediarios que cobran una comisión también deben inscribirse en el ROI.

Retención de Ganancias

Al momento de realizar el pago al locador, el locatario obligado a actuar como agente de retención deberá verificar la autenticidad de la constancia de cumplimiento recibida del locador, ingresando al servicio «Información de Contratos de Inmuebles» del «Administrador de Relaciones». El sistema requerirá el ingreso del CUIT, CUIL o CDI del obligado como agente de información y el código verificador de la constancia. El importe a retener en concepto de Impuesto a las Ganancias se determinará de la siguiente manera:

Si los datos informados por el locador son correctos, el locatario deberá aplicar la alícuota del 6% sobre el importe que exceda el mínimo de $ 1.200.

En el caso de que el locador no entregue la constancia, o sus datos no coinciden con los informados en la página de AFIP, aplicará la alícuota del 28% (alícuota máxima) sin considerar el monto no sujeto a retención.

Si el propietario no informó el contrato, además será pasible de las sanciones formales previstas por la AFIP. Los inquilinos quedan sujetos por su parte a las sanciones generales para la obligación de retener impuestos de la Ley de Procedimientos. En los casos en que los propietarios sean monotributistas no se hacen retenciones.

Desde 2011 la obligación de informar las locaciones y/o cesiones de inmuebles rurales ya estaba vigente, en los casos en que el arrendador posee campos en alquiler que superen las 30 hectáreas, incluyendo los contratos de aparcerías rurales y los contratos accidentales de explotación agropecuaria.

Asimismo, tienen que informarse las operaciones de los emprendimientos inmobiliarios realizadas sin la intervención de intermediarios, cuando se efectúan más de tres operaciones durante el ano fiscal o si el monto involucrado supera los $ 300.000.

La cesión de derechos reales sobre inmuebles sea a título oneroso o gratuitos también debe ser inscripta en el ROI.

cronista.com

La AFIP quiere que el HSBC repatríe los fondos en las cuentas suizas

El titular del organismo, Ricardo Echegaray, le pidió esto a la jueza del Juzgado Penal Tributario Nº 3, María Verónica Straccia, que lleva adelante la causa.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) quiere que el HSBC repatríe los US$ 3.000 millones de sus clientes distribuidos en 4.040 cuentas en Suiza, informaron fuentes judiciales.

Para esto, el titular del organismo, Ricardo Echegaray, se reunió con la jueza del Juzgado Penal Tributario Nº 3, María Verónica Straccia, que lleva adelante la causa por evasión.

La denuncia, presentada por la AFIP en noviembre, es por una supuesta estructura ilegal montada por el HSBC para ayudar a sus clientes a evadir impuestos transfiriendo fondos a cuentas en Suiza.

La AFIP solicitó a la Justicia que reclame a Suiza información sobre los clientes, cuentas, productos contratados, contratos y documentación de respaldo, registros de operaciones, personal interviniente del banco y organigrama completo del HSBC.

En línea con todo esto, hoy el Jefe de Gabiente, Jorge Capitanich, reclamó que el HSBC «repatríe los US$ 3.000 millones no declarados», algo que tendría gran «impacto de carácter impositivo y fiscal».

Fuente: iEco

AFIP wants to repatriate undeclared HSBC funds

The AFIP tax bureau has solicited judge María Verónica Straccia, who is in charge of the investigation into HSBC’s involvement in alleged tax evasion and money-laundering, to repatriate the money distributed in undeclared bank accounts in the bank’s Swiss headquarters.

Argentine citizens sent some 3.5 billion dollars in the space of just two years to 2,552 undeclared bank accounts in the Swiss subsidiary of HSBC, ranking the country 21st in the world in terms of money stashed away.

Source: Buenos Aires Herald

UK’s tax authority requests data on AFIP’s report against HSBC

The HM Revenue and Customs (HMRC) department in the UK has requested Argentina’s AFIP tax bureau information on the criminal report filed here against HSBC on allegations the bank helped more than 4,000 clients to evade taxes by stashing their money in secret Swiss bank accounts.

On November 26 last year, the AFIP tax bureau commanded by Ricardo Echegaray filed the complaint against the London-based bank, briefing also the Committee of Budget and Revenue of the Senate and the Lower House, the Economic Criminality and Assets Laundering Office (PROCELAC), the Central Bank and French financing authorities.

By the time the report was filed, AFIP said it received the information on the secret accounts from France, which had placed HSBC’s Swiss private banking arm under formal investigation for possibly aiding tax evasion.

«We denounce the existence of an illegal platform created by three banking entities (of HSBC) that are operating in Argentina,» AFIP head Ricardo Echegaray told a news conference.

«Its managers have intervened actively with the sole aim of helping Argentine citizens avoid paying their taxes.»

Argentina’s move comes as part of a global crackdown on undeclared funds held in offshore havens, after the global financial crisis strained government budgets and made the need to maximize tax receipts more pressing.

Switzerland has become the world’s biggest offshore financial center thanks to strict banking secrecy laws in the Alpine country.

Belgium also charged HSBC Private Bank with tax fraud and money laundering. Stolen personal details of HSBC clients in Switzerland were passed on to Belgian and French authorities in 2010.

Earlier in November 2014, AFIP accused Procter & Gamble, the world’s No. 1 household products maker, of tax fraud and said it suspended its operations in the South American country.

Source: Buenos Aires Herald

Reino Unido pidió a la AFIP detalles de la denuncia contra el HSBC

La administración tributaria del Reino Unido solicitó a la AFIP información de la denuncia penal iniciada aquí contra el banco HSBC por las cuentas ocultas de argentinos en la sucursal de Ginebra, Suiza, según informó esta mañana el ente recaudador nacional.

La autoridad tributaria del Reino Unido (HMRC, por sus siglas en inglés) quiere saber detalles del contenido de la denuncia penal de AFIP como así también el avance de la causa judicial, esto teniendo en cuenta que la casa matriz del grupo –HSBC Holdings PLC- tiene su sede central en Londres.

La AFIP efectuó la denuncia penal el 26 de noviembre de 2014 ante el Juzgado Penal Tributario Nº 3, a cargo de la jueza María Verónica Straccia.

La denuncia comprende a la plataforma ilegal montada por el HSBC, y sus directivos, con el único objetivo de ayudar a los contribuyentes argentinos a evadir sus impuestos y al resto de asesores profesionales y «facilitadores» de la maniobra.

La denuncia de AFIP comprendía la cuenta sin declarar en la Argentina del contador Miguel Gerardo Abadi, titular del fondo de inversión GEMS, quien tiene a su nombre 1.400 millones de dólares sólo para el año 2006.

De cada cuenta la AFIP obtuvo el tipo de vinculación con el banco; los saldos y movimientos de cuentas bancarias y las relaciones entre clientes (intermediarios, apoderados y beneficiarios efectivos familiares).

Además el organismo fiscal informó a las comisiones de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Senadores y Diputados; a la PROCELAC, al Banco Central y a la Dirección de Finanzas de Francia.

ambito.com

AFIP clausuró el tradicional boliche Keops de Córdoba

La AFIP clausuró en la ciudad cordobesa de Villa Carlos Paz un conocido boliche bailable tras comprobar que sus verdaderos dueños utilizaron a testaferros de bajos recursos económicos para evadir el pago de impuestos, en el marco del Operativo Verano que se realiza en las principales ciudades turísticas del país.

El organismo informó que se trata del boliche Keops, el más importante de Villa Carlos Paz, donde suspendió preventivamente la CUIT de los dueños y los denunció penalmente por ocultamiento de la identidad mediante la utilización de personas físicas o jurídicas interpuestas, en una causa que recayó en el Juzgado Federal 3 a cargo de Miguel Vaca Narvaja.

En las múltiples irregularidades de Keops se detectaron que mantiene a titulares de la firma sin capacidad económica y financiera; su resultado comercial es negativo sin fuentes de financiamiento; posee deuda en gestión judicial y administrativa; sus contratos de alquiler son irregulares y no presentó las declaraciones juradas ante la AFIP.

Durante los controles realizados, la AFIP comprobó que en los días de control presencial (Punto Fijo) la facturación crecía en promedio un 360% en relación a lo declarado por el contribuyente, y las investigaciones previas detectaron que desde el año 2002 se produjeron cambios en la titularidad del establecimiento sin la transferencia del fondo de comercio.

En el proceso de control, el organismo notificó al municipio de Villa Carlos Paz, para que revisen la habilitación del predio y para que reclamen las tasas municipales adeudadas, al tiempo que se inició un procedimiento a los dueños de los inmuebles para analizar su responsabilidad fiscal en este caso.

También AFIP emitió un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la Unidad de Información Financiera (UIF) y suspendió preventivamente las CUITs de los contribuyentes

Los dueños del boliche utilizaron la figura de «prestanombres» a cargo de la explotación del lugar, designando como titulares a firmas y personas físicas sin capacidad económica y financiera.

Así se comprobó que desde el año 2002 hasta la fecha la sociedad que explota el boliche Keops es Ave Luxor, y la presidenta de esta firma declaró ingresos cercanos a los 2.000 pesos mensuales a los largo del año pasado, mientras que las socias de esta firma eran las tías del verdadero dueño.

Los ingresos declarados por las sociedades «pantalla» no alcanzan para cubrir los mínimos costos operativos, maniobra que habría sido utilizada durante años cambiando con el correr del tiempo las caras visibles, con el objeto de dificultar el control de la AFIP.

Asimismo, los agentes fiscales verificaron que las ventas de entradas se lleva a cabo en la vía pública a través de «tarjeteros», las cuales se encontrarían facturadas a la mitad de su valor y en otros casos directamente sin facturar.

En el marco del Operativo Verano, AFIP clausuró otros boliches bailables como Pueblo Límite de Villa Gessell; Complejo bailable Club Sol de San Bernando, Mr. Jones y Boutique Club de Mar de Pinamar; La Frontera de Puerto Madryn; Grita Silencio de Mendoza; Tiket de Neuquén; El Fogón de Posadas; Morena Disco de Corrientes; Espacio Bell de Resistencia y los Alisos de la misma ciudad; Lolita Club de San Juan; y el mítico Willkeny de San Carlos de Bariloche.

Fuente: Ambito

La AFIP espera recaudar US$ 7900 millones con las cuentas no declaradas de argentinos en Suiza

Durante la conferencia donde se anunció la recaudación de enero (30,4%) el administrador federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray aprovechó hablar anunciar avances de la investigación contra el HSBC por declaraciones en el exterior sin informar. Y anticipó que buscar recaudar u$s 7.900 millones en concepto multas.
Indicó que el banco HSBC comenzó a operar porque “se levantó el sumario”, al tiempo que advirtió que el Gobierno continuará con las investigaciones, por lo que solicitaron “recurrir a Suiza para poder obtener información”.
“Nosotros trabajamos en varios frentes”, explicó Echegaray y dijo que están al 100% sobre 3300 casos porque referencio que algunos se repiten y en otros hay fallecidos. “En el caso de los herederos se presentaron a reclamar y han reconocido la deuda”, anticipó.
periodismo.com

AFIP: January tax revenue up 30.1%

The Federal Public Incomes Administration (AFIP) revenue agency has announced that total tax income for January reached a figure of 117.46 billion pesos, 30.1 percent higher than the same period in 2014.

AFIP chief Ricardo Echegaray revealed the latest tax data today in a press conference. Income taxes, social security contributions and levies on credit and debit card transactions were the sectors which saw the biggest increases compared to January last year, according to agency’s president.

«The revenue figure is a positive one taking into account the objectives set for 2015,» Echegaray told reporters, alongside Finance secretary Juan Carlos Pezoa.

Echegaray explained that the total exceeded predictions for the first month of the year by 1.5 percent, after the AFIP had forecast takings of 115 billion for January.

For the tax chief, the figures showed «a strong consolidation in economic activity with interannual growth,» marking «extremely positive progress» in several revenue sectors, such as income tax and value-added tax.

Source: Buenos Aires Herald

La recaudación tributaria aumentó 30,1% en enero

Los mayores cobros de Ganancias y de Seguridad Social posibilitaron a la AFIP cerrar el primer mes del año con un aumento superior a 30,1%, los cuales acusaron sendas alzas de 40,8 y 34,3%, respectivamente, en comparación con un atrás.

Por el contrario, lo percibido por IVA neto aumentó apenas 23,2%, por efecto del salto de las devoluciones a exportadores por 1.569 millones de pesos, cuando un año antes, se habían reintegrado 300 millones de pesos. Si las devoluciones se hubiesen mantenido en línea con el crecimiento de los recursos, lo ingresado por el impuesto al valor agregado se hubiera elevado un 27 por ciento, unos siete puntos porcentuales menos que la inflación.

IVA y Cheque crecieron siete puntos porcentuales menos que la inflación real

Destacó Ricardo Echegaray que la recaudación de 117.458 millones de pesos en enero superó en 1,5% a la meta presupuestaria para el período.

Sin embargo, si se considera que la inflación que estimaron los privados, en torno a 34,4 por ciento, el incremento de los recursos tributarios en 30,1% determina una baja en términos reales de 2,3 por ciento, en línea con el receso que acusa la actividad agregada.

Un tributo no afectado por devoluciones ni por estacionalidades, como es el correspondiente al que pesa sobre los créditos y débitos bancarios, apenas creció 26,4 por ciento. también más de siete puntos por debajo de la suba promedio de los precios de la economía.
Infobae.com

La AFIP clausuró tres boliches de la Costa, uno por explotación laboral

Se trata de complejos bailables ubicados en San Bernardo, Pinamar y Villa Gesell. En este último, 60 trabajadores de distintas provincias vivían hacinados.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) clausuró este fin de semana tres reconocidos boliches bailables de la costa atlántica, luego de una extensa investigación que determinó que los verdaderos dueños de los establecimientos se ocultaban detrás de testaferros de bajos recursos económicos para evadir el pago de impuestos.

Se trata de los complejos bailables Pueblo Límite (Villa Gesell), Club Sol (San Bernardo) y Boutique Club de Mar (Pinamar).

A partir de una orden de allanamiento solicitada por la AFIP al Juzgado de Dolores, los funcionarios del organismo clausuraron en la madrugada de ayer nuevamente el complejo bailable Pueblo Límite, de la ciudad de Villa Gesell.

Allí los agentes detectaron a 60 trabajadores viviendo en condiciones de hacinamiento. Los empleados, provenientes de distintas provincias del país, cobraban $5.500 mensuales. Todos dormían en habitaciones de 4 x 7 metros repletas de camas cuchetas y en malas condiciones de higiene.

Por ello, la AFIP amplió la denuncia por posible reducción a la servidumbre y notificó las irregularidades al Ministerio de Trabajo de la Nación.

El organismo fiscal ya había clausurado por siete días Pueblo Límite en diciembre luego de comprobar que no emitían facturas. La investigación por las irregularidades abarca los períodos fiscales 2013 y 2014, donde se acusa de evadir el pago de impuestos correspondientes a $17 millones recaudados.

Luego de una extensa investigación realizada por la AFIP, se comprobó una maniobra de evasión tributaria en la cual el verdadero dueño del establecimiento se ocultaba detrás de jóvenes insolventes, por lo que se clausuró el complejo bailable Club Sol, de San Bernardo, donde funcionaban las discotecas Privilege y El Sol. Se detectó que los verdaderos dueños utilizaban como testaferros a cinco jóvenes monotributistas, de entre 19 y 24 años.

Además, los agentes de la AFIP clausuraron el exclusivo parador Boutique Club de Mar, de Pinamar, ya que continuó operando a pesar de tener su CUIT inhabilitada.
diariouno.com.ar

Monotributo: la AFIP lanzó guía online para cumplir con la declaración cuatrimestral

Esta obligación formal recae en los monotributistas en caso de que se hallen encuadrados en las categorías que van de la F a la L, que son las tienen una facturación de entre $144.000 y $600.000, y en todos aquellos pequeños contribuyentes que tengan empleados a su cargo

 

Los monotributistas de las categorías más altas deberán presentar a partir de este lunes y hasta el viernes -según el número de CUIT- la declaración jurada informativa cuatrimestral acerca de su actividad.

Esta obligación formal recae en los que se hallen encuadrados en las categorías que van de la F a la L, que son las que tienen una facturación de entre $144.000 y $600.000, y en todos aquellos pequeños contribuyentes que tengan empleados a su cargo.

En todos esos casos, deberán entregar a la AFIP una amplia información que abarca temas como ventas y facturación, compras, principales proveedores y clientes, monto del alquiler y cantidad de kw de energía consumidos, entre otros puntos.

La presentación de los datos debe formalizarse mediante transferencia electrónica, a través de la página de Internet del organismo de recaudación, ingresando al servicio “Sistema Registral”, opción “Declaración de Monotributo Informativa”, a cuyo efecto deberá contarse con “Clave Fiscal”, habilitada con Nivel de Seguridad 2 como mínimo.

El fisco está facultada por la Ley de Procedimiento Fiscal para aplicar multas por faltas a estos deberes formales. Pero, además, podrá rechazar las solicitudes de las constancias de situación impositiva o previsional de los contribuyentes que no presentaron la información requerida.

Entre otros puntos se deberá informar el total de ventas del cuatrimestre, puntualizando cuáles fueron las facturas emitidas durante ese lapso, así como los montos de las compras efectuadas con la identificación de los cinco principales proveedores y de los cinco clientes más importantes.

También deberán consignar en sus declaraciones si son propietarios o inquilinos del local explotado, la CUIT del propietario, vigencia del contrato de locación y monto de los alquileres devengados, de corresponder.

Además, deberán manifestar la cantidad de kw consumidos y CUIT del sujeto a cuyo nombre se emite la factura e identificación de la empresa proveedora de energía eléctrica.

Cuando se trate de profesionales adheridos al Monotributo, la nueva normativa requerirá el CUIT del consejo o colegio profesional en el que se encuentre matriculado y la fecha de matriculación o, en su defecto, la de expedición del título profesional.

En tanto, si el pequeño contribuyente es transportista deberá informar si es titular del vehículo o si lo alquila, el dominio y, además, los datos del seguro y número de la póliza contratada.

A fin de facilitar la tarea, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray publicó una detallada guía que deja en claro cómo realizar la declaración jurada informativa cuatrimestral, paso a paso:


Intimaciones
Una vez procesados los datos, el fisco nacional comenzará a intimar a los pequeños contribuyentes que bajaron de las categorías más altas del Monotributo. De esta manera, las intimaciones complementan un castigo considerado como «excesivo» por algunos expertos consultados por iProfesional. 

En efecto, el marco legal vigente establece que quienes reduzcan su facturación a menos de $144.000 anuales ($12.000 mensuales) igualmente deberán seguir informando durante dos años más los datos referidos a la energía utilizada y a rentas pagadas durante tal período.

En este sentido, el consultor tributario Marcelo Domínguez explicó a este medio que, a través de este mecanismo, «la AFIP busca evitar que los monotributistas de las escalas más altas evadan la obligación bajando de categoría«.

A fin de explicar el alcance de la herramienta, el experto precisó que «el régimen de información electrónica de ingresos y gastos le permite al fisco nacional evaluar la permanencia en el Monotributo de quienes están en las categorías más altas».

«La solicitud de información sistemática de las operaciones con los principales clientes y proveedores, y el requerimiento de datos sobre el alquiler del local comercial o del vehículo de transporte, le permite a la AFIP efectuar cruces informáticos entre ingresos y gastos de los distintos contribuyentes», precisó.

«Ello así, a los efectos de evaluar si un monotributista puede permanecer en el régimen, o bien, si debe inscribirse en el IVA y en Ganancias por haber excedido los parámetros del régimen simplificado», advirtió el experto.

La avanzada también se profundiza con el mayor castigo posible: la exclusión del Monotributo. La exclusión opera de pleno derecho y apunta a detectar en forma temprana maniobras de evasión y elusión.

Como primer paso, para iniciar la exclusión la AFIP debe constatar alguna de las siguientes situaciones:

  • Adquieran bienes o realicen gastos, de índole personal, por un importe equivalente o mayor al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la que estén registrados.
  • Registren depósitos bancarios, debidamente depurados, por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos permitidos para la categoría en la cual estén encuadrados.

Una vez constatada la condición, el fisco nacional pone en conocimiento del contribuyente adherido la exclusión de pleno derecho del régimen.

Asimismo, si el sujeto dado de baja es socio de una sociedad de hecho o comercial irregular, la misma resultará extensiva a la referida compañía.

La nómina de sujetos excluidos es publicada en el sitio web de la AFIP y en el Boletín Oficial, consignándose los datos referidos a «denominación del contribuyente» y «número de CUIT» correspondiente.

Además, la exclusión queda reflejada en la «Constancia de Inscripción» del monotributista en el sistema registral correspondiente.

A su vez, quien fuera excluido de pleno derecho del régimen, puede consultar los motivos y elementos de juicio que acreditan el acaecimiento de la causal respectiva. Para ello, deberá acceder al servicio «Monotributo – Exclusión de Pleno Derecho», en el sitio web de la AFIP.

En efecto, la exclusión de pleno derecho puede ser apelada dentro de los 15 días de la publicación de la exclusión en el Boletín Oficial.

El recurso de apelación debe presentarse ante la AFIP mediante transferencia electrónica de datos accediendo al servicio «Monotributo – Exclusión de Pleno Derecho», opción «Presentación de Apelación», del sitio web del organismo de recaudación.

Como constancia de la transmisión efectuada, el sistema emite un acuse de recibo y le asigna un número de solicitud, considerándose admitido formalmente el recurso.

De comprobarse errores, inconsistencias o archivos defectuosos, la presentación es rechazada automáticamente, generándose una constancia de tal situación.

Luego, el fisco evalúa la situación del contribuyente en base a los datos suministrados, pudiendo requerir documentación o datos adicionales a fin de resolver el recurso interpuesto.

 

Fuente: iProfesional

La AFIP suspendió a 8.000 monotributistas en la Costa

Fue en Cariló, Pinamar, Villa Gesell y Mar del Plata. Se trata de cuatriciclos, motos de agua y areneros 4×4 con un valor promedio de $ 230.000.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó hoy que le suspendió el CUIT a unos ocho mil monotributistas que compraron cuatriciclos, motos de agua y areneros 4×4 por valores muy superiores a los ingresos declarados.

A partir de un cruce de información, la AFIP secuestró cuatriciclos con documentación irregular, por lo que se suspendió «preventivamente» el CUIT de los monotributistas y los excluyó del Régimen Simplificado, aseguraron.

Según AFIP, esos contribuyentes se encuentran inscriptos de oficio en el Régimen General y la AFIP notificará la deuda de Impuestos a las Ganancias e IVA.

Los operativos se llevaron a cabo en Cariló, Pinamar, Villa Gesell y Mar del Plata, donde el valor promedio de los cuatriciclos secuestrados es de 230.000 pesos.

En la investigación, la AFIP tomó en cuenta los viajes al exterior, la compra de moneda extranjera, la constitución de plazos fijos, el pago de expensas, cuotas del colegio de los hijos y los consumos con tarjetas de debito y crédito.

Fuente: iEco

AFIP aplicó nuevas pautas para la recategorización de los autónomos

La AFIP anticipó que en cada oportunidad en que se actualice el índice de movilidad jubilatoria, difundirá en su página web de los nuevos importes de las rentas de referencia, el mínimo de ingresos brutos anuales y los respectivos aportes de los trabajadores autónomos.

La AFIP anticipó que en cada oportunidad en que se establezca el índice de movilidad jubilatoria, difundirá en su página web de los nuevos importes de las rentas de referencia, el mínimo de ingresos brutos anuales y los respectivos aportes de los trabajadores autónomos.

Así lo estableció a través de una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial.

El organismo aclaró que los importes «deberán ser considerados a los efectos del cumplimiento de las obligaciones con el régimen de trabajadores autónomos para los períodos en los que mantengan
su vigencia».

El ajuste de los haberes previsionales se realiza por períodos semestrales, en marzo y septiembre de cada año, en función del índice que elabora la ANSeS.

Según lo dispuesto ahora por la AFIP, los importes determinados por ese organismo deberán ser considerados a los efectos del cumplimiento de las obligaciones con el régimen de autónomos para
los períodos en los que mantengan su vigencia.

La resolución estableció además que los trabajadores autónomos deberán recategorizarse durante mayo de cada año, para determinar la categoría por la que deberán efectuar sus aportes.

La AFIP justificó esta decisión al señalar que «razones de índole operativa determinan la necesidad de modificar el mes durante el cual debe realizarse la recategorización, manteniendo iguales períodos mensuales respecto de los cuales tendrán efectos las obligaciones de pago resultantes».

En consecuencia, señaló el ente recaudador, «se estima conveniente mantener el mes durante el cual se debe efectuar la solicitud de imputación del crédito proveniente de los aportes personales ingresados durante un ejercicio anual, a la cancelación de los que se devenguen en el ejercicio inmediato siguiente, cuando se hayan obtenido ingresos brutos anuales inferiores al importe que corresponda a esos efectos».

Fuente: Diario Uno

La city, en la mira de la AFIP: ahora busca evitar maniobras de evasión entre bancos y sus directores

El organismo de recaudación emitió una nueva circular para impedir un artilugio de las entidades financieras para deducir un gasto en Ganancias y, al mismo tiempo, cerciorarse de que les retengan el impuesto correctamente a sus empleados jerárquicos. Los detalles de la normativa y sus alcances

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) parece tener una decisión tomada: controlar de manera minuciosa las operaciones que se realicen de un lado y del otro de las ventanillas de los bancos y de las entidades financieras.

En efecto, el organismo de recaudación dio su opinión sobre diversas transacciones habituales para evitar que haya «malas interpretaciones» a la hora de confeccionar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias.

Por caso, a fin del año pasado, el fisco emitió una circular donde aclaraba que las diferencias de cambio que surgieran entre el dólar bolsa (más caro) y el oficial (más barato) no pueden ser deducibles del gravamen.

Intentó así imponer un desincentivo para quienes buscan dólares por los mecanismos del mercado y, por consiguiente, las empresas y los particulares no tendrán forma de eludir el costo de la brecha.

A ello se sumó otra circular -la 1/2015, que fue publicada hace unos días en el Boletín Oficial- donde la AFIP establece un límite al cómputo de las sanciones que los organismos del Estado apliquen a los bancos y entidades financieras.

Ocurre que el Banco Central (BCRA) determinó que las multas aplicadas por la máxima entidad financiera, la Unidad de Información Financiera (UIF), la Comisión Nacionales de Valores (CNV) o la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) debían ser previsionadas al 100 por ciento.

Así, para evitar que los bancos aprovecharan esta comunicación del BCRA para enviar a pérdida varios millones de pesos y, por ende, terminen pagando menos Ganancias, el fisco decidió advertirlos.

Ahora el fisco dio un paso más. A través de una nueva circular -a la que tuvo acceso exclusivo iProfesional antes de su publicación en el Boletín Oficial- busca evitar una maniobra relacionada con la aplicación de sanciones.

Ocurre que desde los despachos de los departamentos impositivos de los bancos ya habían encontrado una nueva «artimaña» para esquivar la circular 1/2015 y así evadir – en parte- el pago de Ganancias.

Cómo es la «maniobra»
Puntualmente, en determinados casos, las multas aplicadas por el BCRA no recaen exclusivamente sobre las entidades financieras, sino sobre las personas físicas que han actuando en representación de aquellas, como ser los directores.

Ante tal escenario, la maniobra se desarrolla de la siguiente manera: los bancos bajo la lupadestinan fondos propios para que las personas físicas sancionadas cancelen las sanciones que les fueron aplicadas.

De esta manera, los fondos dispuestos constituyen liberalidades para los bancos y una renta para el receptor de las mismas, en este caso el director o representante del banco o entidad financiera de que se trate.

«Hemos detectado que las entidades financieras desarrollan un doble esquema a los efectos de evitar el Impuesto a las Ganancias«, señalaron a este medio altas fuentes de la AFIP.

Y puntualizaron: «Por un lado pretenden deducir de sus ganancias las multas aplicadas a sus directores y, por otro, omiten practicar la retención del citado gravamen, que corresponde practicar a los directores por la renta percibida».

Conocido el texto de la circular, Iván Sasovsky, titular del estudio Sasovsky & Asociados, sostuvo que la interpretación del fisco sobre la imposibilidad de computar como gasto los fondos girados a sus empleados no responde a lo que establece la normativa vigente.

Desde la perspectiva del especialista, cualquier monto que los bancos le entreguen a sus dependientes deben ser considerados como sueldos y, por este motivo, pueden ser considerados como gastos deducibles en Ganancias.

«Por ello bajo ningún punto de vista pueden entenderse como liberalidades, las cuales justamente carecen de contraprestación», destacó Sasovsky.

Y aclaró: «Las contraprestaciones que reciban los directores y representantes de las entidades financieras, y de cualquier empresa, resultan ser justamente la retribución que perciben por tal rol frente a la sociedad y, por ello, resultan deducibles para la empresa y gravados en cabeza propia».

De esta manera, según el experto, si bien serían gastos computables para los bancos, losempleados que reciban estos fondos deben considerarlos como un ingreso sobre el cual deben pagar Ganancias.

Claves de la nueva normativa
A fin de poner punto final al mecanismo ideado por los directores de los bancos, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray emitió una nueva circular que fue publicada este jueves en el Boletín Oficial y a la que iProfesional tuvo acceso exclusivo:

En la normativa de apenas cuatro carillas, el fisco nacional detalla la maniobra y deja en claro que «las sumas que los bancos destinen -directa o indirectamente, bajo cualquier concepto o denominación- a sus directivos y representantes a los fines que éstos cancelen las multas, sanciones administrativas, disciplinarias y penales, que por su actuación en representación de las mencionadas entidades, les fueron aplicadas o iniciadas por el BCRA, la UIF, la CNV o la SSN,no serán deducibles por la entidad como gasto en el Impuesto a las Ganancias por tratarse de liberalidades».

«Asimismo, los directivos y representantes deberán incorporar dichas sumas como renta gravada en el Impuesto a las Ganancias, y el banco estará obligado a practicar la correspondiente retención al momento de efectuar el pago», aclara la circular que publicada en el Boletín Oficial.

A su vez, desde la AFIP recalcan que «la jurisprudencia administrativa y judicial tienen dicho que tratándose de liberalidades de la empresa, las erogaciones no son deducibles en Ganancias por no guardar relación con la obtención del rédito».

Según se puede leer en la nueva norma, «puede afirmarse que todas las deducciones están, en principio -salvo expresas excepciones consagradas en la ley-, regidas por el principio de causalidad, es decir que sólo se podrán computar de la renta bruta aquellos gastos que guarden una relación causal directa con la generación de la renta o con el mantenimiento de la fuente en condiciones de productividad».

Complementar la avanzada
Como se mencionó anterioremente, como primer paso de la avanzada, el jueves pasado se dio a conocer la circular (AFIP) 1/2015 por la cual se aclaró que los bancos y demás entidades bancarias no podrán deducir como gastos en el Impuesto a las Ganancias las multas, sanciones administrativas disciplinarias y penales.

La circular 1/2015, explica que las multas y sanciones «no se encuentran vinculadas con la obtención ni conservación de ganancias gravadas».

En la normativa, el fisco hace mención a la jurisprudencia administrativa y judicial que confirman que las sumas abonadas en conceptos de multas por otros órganos del Estado no resultan deducibles por no ser «un gasto necesario para obtener, mantener y conservar la fuente dado que las mismas no tienen ninguna influencia en las ganancias».

En esa línea, el texto cita los fallos del Tribunal Fiscal de la Nación (TFN) en las causas «Itesa Ind. Textil SA», de 1963 y «Goldstein», de 2004.

La aclaración del organismo de recaudación se efectúa luego de que en distintas acciones de control el organismo detectó el desarrollo de planificaciones fiscales nocivas que pretenden reducir la carga de Ganancias por parte de bancos y otras entidades financieras ingresando como gastos las multas del Banco Central.

Cabe recordar que el 8 de enero de 2015, en la Comunicación «A» 5689, el BCRA dispuso que las entidades financieras que sean o hayan sido notificadas de sanciones administrativas, disciplinarias y penales, aplicadas o iniciadas por dicha entidad y otros organismos del Estadodeberán previsionarlas al 100%, independientemente de los montos involucrados.

 

Fuente: iProfesional

Vence la recategorización cuatrimestral del Monotributo y la AFIP avanza con nuevas intimaciones

Los pequeños contribuyentes quedarán excluidos de pleno derecho del régimen cuando adquieran bienes, realicen gastos o registren depósitos bancarios por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados

Los monotributistas se enfrentan a días clave. Este martes vence la recategorización cuatrimestral y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) -que ya finalizó las tareas de inteligencia- avanza con una nueva avalancha de intimaciones sobre los presuntos evasores.
Sucede que el organismo recaudador estableció que los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado (RS) pueden quedar excluidos de pleno derecho cuando se detecte alguna de las siguientes situaciones:
Adquieran bienes o realicen gastos, de índole personal, por un importe equivalente o mayor al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la que estén registrados.
Registren depósitos bancarios, debidamente depurados, por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados.
Igualmente, la normativa establece que el monotributista que resulte notificado de la constatación de cualquiera de las causales de exclusión mencionadas podrá presentar un descargo en la forma, plazos y condiciones correspondientes.
En oportunidad de presentar el mismo, deberá adjuntar los elementos que considere pertinentes a los fines de demostrar:
Que dichas adquisiciones o gastos han sido pagados con ingresos acumulados en ejercicios anteriores y/o con ingresos adicionales a los obtenidos por las actividades incluidas en el RS, que resulten compatibles con el mismo.
Que los fondos depositados corresponden a:
Ingresos acumulados en ejercicios anteriores provenientes de la actividad por la cual se encuentra adherido.
Montos adicionales a los obtenidos por las actividades incluidas en el Monotributo, que resulten compatibles con el mismo.
Terceras personas, en virtud de que la o las cuentas bancarias utilizadas operan como cuentas recaudadoras o administradoras de fondos de terceros.
El o los cotitulares, cuando se trate de cuentas a nombre del monotributista y otra u otras personas.
«Cuando el pequeño contribuyente demuestre que las adquisiciones, gastos o depósitos constatados provienen de ingresos no declarados obtenidos por la actividad incluida en el Régimen Simplificado, corresponderá, siempre que el monto total de ingresos no determine la exclusión del régimen, la recategorización de oficio», advierte la norma.
Monotributo: nuevas intimaciones
Desde el blog Contadores en Interacción, los profesionales dan precisiones respecto a las nuevas fiscalizaciones electrónicas que ya están recibiendo los pequeños contribuyentes.
«Esta campaña, que tiene fecha originaria de septiembre del año pasado, busca recabar datos que permitan a la AFIP excluir a los monotributistas del régimen simplificado e inscribirlo en el régimen general», señalan los expertos.
Asimismo, desde la publicación dan un detalle pormenorizado de los datos que se solicitan en los nuevos requerimientos:
Inmueble/s en que se desarrolla la actividad:
Detalle el domicilio principal en el cual desarrolla su actividad.
En caso de que haya marcado en el punto anterior la opción «Alquilado», detalle:
El período del contrato.
El monto mensual vigente.
Nombre y Apellido del locador.
CUIT O DNI del locador.
En caso de haber marcado la opción otro (ni inmueble propio ni alquilado) especificar archivo en PDF con medio de prueba.
Información consolidada: consigne el monto de gastos en forma mensual concernientes al desarrollo de su actividad, por los siguientes conceptos:
Compra de mercaderías para la venta.
Compra de insumos.
Pago de servicios (luz, gas, telefono, agua, seguros, etc.).
Pago de Servicios / honorarios profesionales.
Indique los ingresos obtenidos relacionados con su actividad como pequeño contribuyente
De la lectura de los puntos del requerimiento es claro que la AFIP intenta reunir información que permita excluir a los monotributistas del régimen simplificado en base a lo dispuesto en los siguientes incisos del artículo de exclusiones de la ley del monotributo:
Los parámetros físicos o el monto de los alquileres devengados superen los máximos establecidos para la Categoría I ($72.000 anuales).
El importe de las compras más los gastos inherentes al desarrollo de la actividad de que se trate, efectuados durante los últimos doce meses, totalicen una suma igual o superior al 80% en el caso de venta de bienes o al 40% cuando se trate de locaciones y/o prestaciones de servicios, de los ingresos brutos máximos fijados en el artículo 8º para la Categoría I o, en su caso, J, K o L.
Los gastos en luz y gas
Las nuevas intimaciones también surgen luego de cruzar los datos aportados por un estricto control sobre los gastos de agua, gas, luz y telefonía de los monotributistas.
Puntualmente, las empresas de servicios ya informan ante el organismo que conduce Ricardo Echegaray un minucioso detalle sobre las erogaciones correspondientes a los inscriptos en el Monotributo.
En efecto, el fisco nacional estableció que las compañías deben proporcionar mensualmente los datos de los usuarios que se encuentran inscriptos en el RS, sin importar el monto que consuman.
Es decir, las firmas de servicio proporcionarán a la AFIP un detalle sobre los pequeños contribuyentes, sin tener en cuenta si pagan $500 o $50 mensuales (o bimestrales).
En concreto, el organismo de recaudación obliga a dar el siguiente detalle:
Apellido y nombres, razón social o denominación.
Domicilio en el que se realiza la prestación del servicio y código postal.
Domicilio al que se remite la factura correspondiente y código postal.
Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT), Código Unico de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI).
Monto total de las operaciones efectuadas en el período informado, por cada prestatario.
De tratarse de la prestación del servicio de suministro de energía eléctrica se consignará la cantidad de kilovatios utilizados.
En el caso de provisión de agua o de gas, se informará la unidad y cantidad de unidades consumidas.
De tratarse de provisión de gas se informará adicionalmente la cantidad de kilocalorías con las que se efectuó el suministro.
Tipo de prestación.
Modalidad de pago.
Categorización frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Vencimientos múltiples

Este proceso de control coincide con el de dos importantes vencimientos para los pequeños contribuyentes.
En primer término, este martes vence el plazo para gestionar la correspondiente recategorización cuatrimestral. El trámite consiste en actualizar la situación tributaria y el pago mensual respectivo en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad realizada, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados.
Complementariamente, a fin de este mes, los pequeños contribuyentes que se ubiquen en la categoría F o superior deberán informar la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados durante el último cuatrimestre.
Todo será confrontado contra indicadores de la situación fiscal respectiva que la AFIP posee en su base de datos sobre los distintos monotributistas. Entre ellos se destacan:
Consumos en tarjetas de crédito y débito.
Movimientos bancarios.
Declaraciones patrimoniales.
Pago de cuotas de colegios privados.
Inversiones en fideicomisos.
A estos fines, vale tener presente que el marco legal vigente establece que los pequeños contribuyentes, obligados por el régimen de información que reduzcan su facturación a menos del límite establecido por ley, igualmente deberán seguir informando, durante dos años más, los datos solicitados.

Fuente: iProfesional

La AFIP y la Justicia investigan a la empresa Hope Funds por evasión y lavado de dinero

Las pesquisas intentan determinar el origen del dinero que el empresario Enrique Blaksley utilizó para hacer negocios con Messi, Federer, Boca Juniors, Usain Bolt, el polista Adolfo Cambiaso y el Hard Rock Café, entre otros. Llamativas comisiones y jubilados de bajos recursos aparecen en la millonaria trama de la causa

¿Qué tienen en común Lionel Messi, La Dolfina y el payaso Plim Plim? Parece el comienzo de un chiste, pero no lo es. Se trata apenas de tres de los nombres que aparecen vinculados a Enrique Blaksley Señorans, personaje conocido entre los ricos y famosos de la Argentina como un empresario e inversor en ascenso. Pero el éxito que logró en los últimos años parecería ser tan sospechoso que lo dejó bajo la mira de la Justicia por presunto lavado de dinero y evasión de impuestos.

Los negocios de Blaksley y su compañía Hope Funds S.A. sorprenden por el alto perfil de los involucrados: se asoció a la familia Messi para abrir en España una cadena de cafés con su nombre, trajo a Roger Federer a la Argentina junto a la empresa Imagen Deportiva del empresario Guillermo Marín, pagó para que Usain Bolt viniese a correr contra el Metrobus, adquirió el 47% del fondo de comercio del Buenos Aires Design por u$s20 millones, compró la licencia del Hard Rock Café Argentina por unos u$s7 millones, se quedó con el manejo de parte del merchandising deBoca Juniors, es auspiciante de la selección nacional de básquet y hasta adquirió la mitad del estudio de animación Smilehood, conocido por la creación del personaje del payaso Plim Plim.

Sus numerosos acuerdos lo llevaron a ser entevistado por los medios incontables veces en los últimos dos años. A todo aquel que quisiera escucharlo, le contaba la historia de cómo se inició en los negocios con un servicio de venta de huevos a domicilio en el San Isidro de su juventud. Su nombre se volvió conocido sobre todo en el mundo de los caballos y el polo: se convirtió en el sponsor principal del mejor equipo del mundo (La Dolfina); abrió el club de polo La Indiana Hope Funds y se asoció con la familia Heguy para encarar la cría de equinos. Cumplidos los 40 años, él mismo se hizo jugador y fundó un equipo amateur.

Infobae accedió a la denuncia de la Procelac

En los reportajes, Blaksley define su rol actual como «mecenas del deporte y el arte«. También se considera un «desarrollador de talentos». Pero eso «requiere de un financiamiento importante», aclara. Sobre ese «financiamiento importante» es que la Justicia posó su lupa.

Hope Funds S.A. está integrada por dos accionistas: Blaksley tiene el 97% de la empresa, con 1.455.000 acciones, mientras que su socio Federico Armando Dolinkue posee el 3% restante, con 45.000 acciones. En su página web, la firma se presenta como una compañía de inversiones que opera «con discreción sobre el patrimonio de las personas, dentro de un marco global denominado Arquitectura Financiera Múltiple«. Según relataron fuentes del mercado a Infobae, la sociedad creada en 1989 ofrecía llamativos porcentajes de ganancias: aquellos clientes que aceptasen dejar sus dólares en manos de Blaksley por cinco años recibían la promesa de percibir un interés de 12% anual. También sorprende a las fuentes la comisión del 6% sobre el contrato firmado que recibían todos los vendedores que cerraban acuerdos por más de un año.

Semejantes negocios lograron llamar la atención de la AFIP. Los investigadores de la entidad recaudadora pusieron la lupa sobre el hombre de 49 años, Hope Funds y las más de 50 sociedades vinculadas. Infobae contabilizó empresas a su nombre o de sus allegados repartidas entre la Argentina, España, Suiza, Perú, Panamá y los Estados Unidos. Entre ellas se destacanHope Funds Holding SL, que sería utilizada para los «Café Messi» en España; Cameron Court LLC, con más de 30 propiedades en los EEUU que hasta hace poco estaban a su nombre, y la inversión que comparte con el empresario del tango Juan Fabbri para la explotación de los lujosos «Malbec Wine Bar & Restaurant» y «Tango House» en Nueva York.

DE LOS 521 CLIENTES DE HOPE FUNDS, APENAS 3 ESTABAN EN REGLA

Las profusas pesquisas de la AFIP revelaron que el empresario no sólo no podría justificar el crecimiento de su patrimonio, sino que ni siquiera tendría forma de explicar el origen de los fondos que utilizó para sus inversiones. El ente recaudador alertó a la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), que a su vez presentó una denuncia a la Justicia. «Los múltiples indicios detectados sobre la inusualidad manifiesta en los negocios desarrollados por Blaksley Señorans a través de su empresa ‘Hope Funds S.A.’ [son] elementos que sustentan con holgura el inicio de una investigación orientada al posible lavado de activos de origen delictivo», señala el escrito del titular de la Procelac, Carlos Gonella, al que tuvo acceso Infobae.

Debido a que Blaksley tiene domicilio en el partido bonaerense de San Fernando, la causa recayó en el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de San Isidro N°1, a cargo de la magistradaSandra Arroyo Delgado. A su vez, Fernando Domínguez fue el fiscal sorteado. Aunque Gonella presentó su denuncia el 6 de mayo del año pasado, sorprendió tanto a la AFIP como a los fiscales el poco interés que la magistrada puso en la investigación.

Fuentes de la fiscalía de San Isidro insinuaron a Infobae que hubo demoras en la causa: «La jueza dispuso tareas de inteligencia sobre los domicilios, lo que alertó a los principales acusados». Los sospechosos, con aparente información sobre los movimientos del juzgado, entregaron por «propia voluntad» algunos documentos. Recién después de que ocurriera eso, Arroyo Salgado habría ordenado algunos de los 17 allanamientos que habían sido solicitados de forma «urgente» por la fiscalía.

Blaksley con el polista Adolfo Cambiasso, con las hermanas Venus y Serena Williams, con Lionel Messi y con Roger Federer

El informe que entregó la AFIP es contundente: de los 521 clientes que tiene la empresa Hope Funds, apenas tres estaban en regla, tenían la capacidad económica suficiente para hacer una inversión y la dejaron asentada en su declaración de impuestos. Es decir que el 99,42% de los clientes violaron de una forma u otra la ley argentina, según el escrito que firmaron Jorgelina Beritich Medina, jefa de la Sección Actuaciones Judiciales de la División Penal de la AFIP; José Antonio Bilbao, titular de la Dirección de Planificación Penal de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos, y Diego Alejandro Franco, jefe de la División Penal Tributaria. En la investigación que entregaron a la Procelac, los tres funcionarios coincidieron en señalar que los inversores «aparecen haciendo aportes de dinero no declarado en la firma citada y que ésta toma en préstamo para invertir y así dar inicio a un circuito de blanqueo de esos fondos«.

De acuerdo con la denuncia firmada por Gonella, la empresa utilizaba el dinero de sus inversores de manera ilegal, ya que no estaba autorizada por el Banco Central de la República Argentina para hacerlo: «La actividad principal declarada por ‘Hope Funds S.A.’ ante la AFIP difiere del alcance real de sus negocios, ya que no parece haber identidad entre la prestación de ‘servicios inmobiliarios realizados a cambio de una retribución o por contraprestación’, con la captación de fondos de terceros mediante mutuos y de su inversión en sociedades de diversa índole».

Dinero negro entregado por fuera del sistema bancario, inexplicables sumas millonarias, préstamos sin declarar y la sospechosa inclusión de un grupo de personas de la tercera edad sin dinero declarado hasta su primera jubilación son apenas algunas de las irregularidades relevadas en la investigación de la AFIP.

EN SU WEB, HOPE FUNDS PROMETE MANEJAR «CON DISCRECIÓN» LAS INVERSIONES DE SUS CLIENTES

Tales fondos le permitieron a Blaksley juntar con los años un álbum de fotos que sería la envidia de cualquier político en campaña: por su donación a la fundación Leo Messi pudo retratarse con la estrella de Barcelona; con Federer se fotografió cuando organizó su partido exhibición en el municipio de Tigre; con Adolfo Cambiaso se mostró innumerables veces gracias al auspicio que Hope Funds paga en La Dolfina; al futbolista Ariel Ortega le organizó su partido homenaje; a las tenistas Venus y Serena Williams las trajo también para una exhibición; tuvo a Emanuel Ginóbili de orador en su evento «Hope Funds 2013 – Año de la elevación» y a David Nalbandian le pagó el sponsoreo cuando corrió el Rally Argentino.

Cuando aún falta que la investigación avance, las preguntas son múltiples. ¿De dónde salió el dinero que financió a Hope Funds? ¿Son fondos no declarados para evadir impuestos? ¿O son, como sospecha la Procelac, millones provenientes de otro tipo de delitos? ¿Podrán quienes invirtieron su dinero recuperarlo? ¿O se trata de una gran estafa como la que hizo Bernard Madoff en los Estados Unidos?

El caso todavía está lejos de esclarecerse. Pero las sociedades, los países y los apellidos ya se entrecruzan en una investigación que comienza a perfilarse como una de las causas por lavado de dinero más resonantes del año.

Investigación: Sabrina Santopinto y Andrés Ballesteros

 

Fuente: Infobae

Con la mira puesta en la evasión impositiva, la AFIP convierte a los alquileres en la gran «vedette» del nuevo año

Si bien se viene demorando su debut, desde este mes entró en vigencia el régimen que obliga a los operadores del sector a aportar datos clave de las locaciones que superen los $8.000 mensuales, se ealicen más de tres ventas al año o sobrepasen en conjunto los 300.000 pesos

A días de arrancar el 2015, y tal como sucede cada año, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) continúa profundizando las tareas de fiscalización e inteligencia con la mira puesta en reducir la evasión en múltiples sectores.

Sin embargo, hay un sector que obsesiona hace años al organismo a cargo de Ricardo Echegaray: el alquiler de inmuebles. Tal es así, que allá por 2010, se emitió la resolución general 2.820 que instauró el régimen de control sobre los alquileres.

La entrada en vigencia del citado mecanismo viene siendo prorrogada desde 2010; y si bien expertos consultados por este medio no descartan una nueva prórroga, el régimen se encuentra en plena vigencia desde que arrancó este año.

El demorado control que fue ideado en 2010 obliga a los operadores del sector inmobiliario a inscribirse en el nuevo registro siempre que efectúen más de tres transacciones al año o superen en conjunto los 300.000 pesos.

Y no es todo, ya que la medida también recae sobre los alquileres mayores a $8.000 mensuales.

Un nuevo control
Puntualmente, el marco reglamentario que fue prorrogado sucesivas veces establece que las empresas y particulares que «realicen o intervengan en operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles deberán inscribirse en el denominado Registro de Operaciones Inmobiliarias».

De tratarse de propiedades que pertenezcan a sujetos residentes en el exterior, la obligación a cumplir estará a cargo de sus representantes en el país.

El control delimita el alcance a:

Quienes actúen como intermediarios en la compraventa y locación de inmuebles, percibiendo una comisión o retribución.
El cedente, en el caso de cesiones de nuda propiedad con reserva de usufructo.
El cónyuge al que corresponda atribuir las rentas provenientes de la locación, arrendamiento, cesión o similares.
Locaciones: siempre que las rentas brutas devengadas por el total de las operaciones sumen un monto igual o superior a $8.000 mensuales.

«Cuando la contraprestación se pacte en especie, los bienes o prestaciones recibidos se valuarán al valor de plaza a la fecha de recepción», agrega la reglamentación.

Por otra parte, la normativa -a los efectos del régimen- hace referencia a:

El desarrollo de emprendimientos inmobiliarios que generen más de tres operaciones de compraventa de inmuebles durante el año fiscal o que el monto involucrado en su conjunto supere los 300.000 pesos.
La locación de espacios o superficies fijas o móviles -exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles.

Cuando las operaciones se pacten en moneda extranjera, los respectivos importes deberán convertirse a moneda nacional, aplicando el valor de cotización -tipo comprador- del Banco de la Nación Argentina.

Los responsables obligados tendrán que informar los detalles de las transacciones mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web de la AFIP.

Con respecto al plazo, la norma establece que «los operadores deberán solicitar la inscripción en el renovado registro dentro de los 10 días hábiles administrativos, y en forma individual, por cada operación de compraventa, alquiler y subalquiler como así también los arrendamientos y subarrendamientos».

A quienes excluye la medida
Asimismo, el régimen que -de no mediar una nueva prórroga- se encuentra en plena vigencia, establece un listado de exclusiones. En efecto, no corresponde cumplir con la obligación, cuando el o los inmuebles:

Sean objeto de concesiones o derechos de explotación industrial o comercial.
Se destinen a la realización de eventos, espectáculos, convenciones, conferencias, congresos o similares; o a ferias o exposiciones.
Se encuentren sujetos a los sistemas turísticos de tiempo compartido.

Además, se excluye a:

Las locaciones y prestaciones que sean efectuadas por servicios de hotelería y playas de estacionamiento.
Las operaciones situadas en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y a los beneficiarios de los regímenes de información allí establecidos.
Las operaciones efectuadas por complejos comerciales no convencionales, ferias, mercados o similares.

La obligación de informar deberá cumplirse el día 26 del mes siguiente de realizada la transacción.

Como una carga adicional, las empresas y particulares del sector inmobiliario antes mencionados también «se encuentran obligados a presentar una declaración jurada anual que contendrá la totalidad de la información suministrada, correspondiente al respectivo año calendario».

La exigencia anual deberá cumplirse aún cuando en un período no existan operaciones a informar.

Asimismo, vale remarcar que, de acuerdo con el marco legal, los operadores deberán soportar retenciones en el Impuesto a las Ganancias a la mayor alícuota cuando:

El responsable no haya cumplido las obligaciones del reformulado régimen.
Los datos de la constancia entregada por el locador presente inconsistencias.

Alquileres a turistas

Complementariamente, tal como adelantó iProfesional, en el fisco nacional ya comenzaron las tareas de inteligencia para detectar a los propietarios que alquilan sus viviendas a turistas y evaden el pago de impuestos.

El control -que entra en vigencia en marzo próximo- no sólo alcanza a las locaciones de propiedades en la Argentina, sino también a aquellas que están ubicadas en Miami o Punta del Este, por ejemplo.

De acuerdo a la reglamentación que entra en vigencia en marzo próximo, los propietarios deberán informar las operaciones a través del servicio web «Registro de Operaciones Inmobiliarias», opción «Locaciones Temporarias», que se encuentra en la página de la AFIP.

«Toda aquella persona o empresa que rente una casa o departamento amueblado con fines turísticos deberá informar los datos de la operación siempre que el residente temporario se quede más de una noche y menos de seis meses», señala la resolución general.

Una vez por mes, los inscriptos deberán entrar a la web e informar si en ese período concretaron algún alquiler temporario. Las operaciones no podrán ser declaradas en cualquier momento, sino que habrá tiempo hasta el décimo día hábil del mes siguiente al acuerdo.

Si en ese mes no tuvieron ningún tipo de operación, los obligados deberán seleccionar la opción «Sin movimiento». Cuando «se verifiquen al menos seis presentaciones sucesivas ‘Sin movimiento’, los responsables no estarán obligados a continuar presentando declaraciones juradas en los períodos siguientes, hasta que se produzca una nueva operación alcanzada», consigna la normativa.

El texto también establece que serán considerados responsables del alquiler «los sujetos que administren, gestionen, intermedien o actúen como oferentes de locación temporaria de inmuebles de terceros con fines turísticos». Si es el propio dueño el que se encarga de acordar la operación, será él quien deba declararla.

Quienes lo incumplan podrán ser sancionados con las multas e inhabilitaciones típicas que utiliza la AFIP. Pero la resolución establece también cuatro penas adicionales:

Asignación de una categoría en orden creciente indicativas del riesgo de ser fiscalizado, en el «Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)».
Suspensión o exclusión, según corresponda, de los Registros Especiales en los que estuvieren inscriptos.
Interrupción en la tramitación de certificados de exclusión o de no retención solicitados conforme a las disposiciones vigentes.

Por último, también podrá inactivar de manera transitoria la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), pese a que la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional esta sanción.

Fuente: iProfesional

Cómo gestionar ante AFIP la devolución del recargo del 35% por compra de paquetes y uso de tarjetas en el exterior

El economista Ariel Setton explicó el camino a seguir para realizar el trámite ante el fisco. Los requerimientos difieren si se trata de un contribuyente de Ganancias o Bienes Personales respecto de quienes se encuentran exentos o son monotributistas

En la mayoría de las veces resulta complicado solicitar la devolución del 35% del recargo se abona sobre las compras en el exterior realizadas con tarjeta de débito o crédito.
Los pasos a seguir no son los mismos para quienes ya pagan el Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales respecto de quienes se encuentran exentos o son monotributistas.
Es por ello que el economista Ariel Setton diseñó una amplia guía con los pasos a seguir en cada caso.
En primer término, el experto señaló que para conseguir la devolución, sí o sí se necesita contar con la clave fiscal provista por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la registración de los datos biométricos (huella dactilar y foto, entre otros requerimientos).
Las instrucciones cambian de acuerdo con la condición de quien reclama la devolución. En el caso de los contribuyentes que se encuentran inscriptos en Ganancias y Bienes Personales, se debe ingresar al sitio web de la AFIP utilizando la clave fiscal.
Una vez dentro del sitio del fisco nacional, hay que ir a la sección «SiRAGID – Trabajador» que permite cargar actualizaciones y novedades sobre Ganancias.
Una vez confirmado el nombre y el apellido, el contribuyente debe ir a la opción «Crear nuevo borrador».
Allí se actualizan los datos personales. Dentro de los requerimientos se solicita incorporar el número de celular.
Luego, se debe completar el apartado «Empleadores» donde se tienen que consignar todas las empresas en donde trabaja el solicitante. Los datos a ingresar de cada compañía son:
CUIT del empleador.
Razón social.
Fecha de ingreso.
Vale recordar que quien oficia de agente de retención es el empleador que le abone el sueldo más alto al solicitante.
Como una primera traba, el economista destaca que «por más que se pide sólo la devolución del 35% por compras al exterior, hay que cargar todas las deducciones en Ganancias a través del formulario web. Esto incluye cargas de familia, deducciones por intereses hipotecarios, prepagas, seguro de vida, entre otros conceptos».
Luego de ingresar las deducciones antes mencionadas, se llega al apartado «Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta» en donde se puede cargar tanto el crédito proveniente del Impuesto sobre los Créditos y Débitos de la cuenta bancaria del solicitante como así también el 35% de recargo sobre las compras realizadas en el exterior a través de tarjetas de crédito o débito.
Una vez dentro de «Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta» se tiene que ir a la opción “Pago a cuenta – Compras en el exterior”. Allí se va a abrir un menú en donde, para cada mes, por cada tarjeta de cada banco con el que se operó, el solicitante va a tener que cargar el monto de la percepción.
Luego se genera y se envía el formulario 572 web a la AFIP. También se debe imprimir el borrador ya que luego no existe otra forma de conseguir el comprobante por haber realizado el trámite.
Por último, se debe pulsar «Enviar al empleador» para finalizar las gestiones.
El economista afirmó que «hay tiempo para cargar este formulario hasta el último día del mes de enero del año siguiente al cual se hizo la percepción». Es decir, hay tiempo hasta el 31 de enero de 2015 para cargar las retenciones efectuadas durante 2014.
Monotributistas
Los pasos a seguir cambian si se trata de un monotributista. En tal caso, el solicitante debe recurrir al formulario 746/A web.

«Este formulario, es otro de los aplicativos web que desarrolló la AFIP para aquellos a quienes se les debitó el 35% por las compras en el exterior, pero que al no pagar Ganancias, en vez de pedir que le descuenten esta plata del pago del impuesto, deben pedir que se la reintegren en sus cuentas bancarias», precisó Setton.
Para este caso, una vez dentro del sitio del fisco nacional, los monotributistas solicitantes deben ir a la sección «Mis Aplicaciones Web” y hacer click en “Nuevo Formulario”.
Allí se debe volcar la siguiente información:
Tipo: declaración jurada.
Formulario: F.746/A – DEVOLUCIONES Y TRANSFERENCIAS
Versión: 390
Período Fiscal: ingresar el mes en el cual se cobró el por ciento.
Luego, en el apartado «Percepciones no registradas en Mis Retenciones» se debe ingrear a “Agregar Percepción”. Allí, se informa una percepción por cada tarjeta, por banco, por marca de la tarjeta y por resumen.
Una vez finalizada la carga, el experto indicó que «el trámite, puede ser aprobado o no, según si los consumos informados se condicen con la capacidad contributiva del cliente. Se sobreentiende que esto lo hacen para que una persona que tiene ingresos en negro no se inscriba en el Monotributo para pedir que les reintegren el 35 por ciento».
En caso de aprobar la devolución, la AFIP rembolasará el recargo del 35% a la cuenta bancaria declarada a través de la CBU. En caso que se rechace, la AFIP va a informar por qué lo rechaza.
El rechazo puede ser recurrido presentando un reclamo dentro de los 15 días de ser notificado. En esa situación, el fisco tiene un plazo de 60 días para resolver los recursos.
Devolución
«Sólo por dólar ahorro y dólar viajero, la AFIP tiene contingencias para devolver el equivalente a u$s685 millones», publicó el economista miembro del Plan Fénix.
Esto es, siempre y cuando el 100% de los 5 millones de personas que adquirieron moneda extranjera para tenencia o para turismo pidan el reintegro, ya sea a cuenta del impuesto a las ganancias o de bienes personales.
«La AFIP tendría más de $5.870 millones a devolver durante 2015. Esto implica el 5% del total recaudado por todo concepto por AFIP en un mes, aunque existe margen de maniobra por parte de AFIP para demorar dicha devolución», señala el economista.
Sólo el 8,5% de la gente eligió guardar las divisas en el banco durante un año para evitar pagar la percepción del 20% que AFIP cobra al sacarlos. En consecuencia, $22.536 millones implicaron una percepción de $4.507 millones.
Si a eso se le suma la percepción asociada al 35% por la adquisición de dólar turista ($3.906 millones durante 2014) se llega a una suma total a devolver de $5.874 millones.
«Es decir, sólo por la compra de dólar ahorro y dólar viajes, y sin contar aquello recaudado por compras realizadas con tarjetas de crédito y débito en el exterior, por pasajes aéreos al extranjero o por paquetes turísticos a otros países contratados en agencias locales, la AFIP debería devolver, durante este año, el equivalente a unos u$s685 millones de hoy», detalla Setton.
El economista recalca que, sin la existencia aún del dólar ahorro, con la divisa en niveles más bajos y con alícuotas a pagar del 15% y 20% durante la mayor parte del año, el año pasado el monto total a devolver por la AFIP ascendió a $11.160 millones.
«También es cierto que parte de la demanda de dólar ahorro de 2014 se dio por sustitución del dólar tarjeta o dólar viajes, que pagan una alícuota del 35%, mientras el dólar ahorro tiene una alícuota reducida del 20%», reconoce.
«Para que AFIP tenga que devolver este monto, tienen que ocurrir dos cosas necesariamente: que quien pagó la percepción reclamen su devolución (ya sea por el Formulario 746/A si no paga Ganancias o por el 572web si pagó Ganancias en 2014), y que AFIP efectivice esta devolución», concluye.

Fuente: iProfesional

Police, AFIP raid HSBC offices in BAY City

Police officers and AFIP tax bureau agents today raided the central offices of the HSBC bank in Buenos Aires City following an investigation on more than 4,000 non-declared accounts that Argentineans allegedly own in Switzerland.

The action was order by Judge María Verónica Straccia.

HSBC later confirmed in a statement that it handed over «the documents that were available to judicial authorities, and additional request are being processed.

«We are committed to Argentina, one of our priority markets, and we will continue to contribute to the country’s economic development,» the missive said.

Back in November, the AFIP tax bureau revealed the existence of 4,040 non-declared accounts in Switzerland allegedly owned by national clients.

The office conducted by Ricardo Echegaray has estimated 3 billion dollars of taxes have been evaded due to the financial manoeuvre, in a legal proceeding involving renowned business tycoons, lawmakers, sport stars and big leading companies.

Source: Bueos Aires Herald

La AFIP deberá devolver a los contribuyentes casi $6.000 M por dólar ahorro y turista

El cálculo es en caso de que todos los contribuyentes pidan el reintegro, ya sea a cuenta del Impuesto a las Ganancias o por Bienes Personales. El año pasado, el organismo retuvo $11.160 millones por compras con tarjetas de crédito en dólares y por paquetes turísticos en el exterior

«Soo por dólar ahorro y dólar viajero, la AFIP tiene contingencias para devolver el equivalente a u$s685 millones», publicó en su blog el economista Ariel Setton, miembro del Plan Fénix.
Esto es, siempre y cuando el 100% de los 5 millones de personas que adquirieron moneda extranjera para tenencia o para turismo pidan el reintegro, ya sea a cuenta del impuesto a las ganancias o de bienes personales.
«La AFIP tendría más de $5.870 millones a devolver durante 2015. Esto implica el 5% del total recaudado por todo concepto por AFIP en un mes, aunque existe margen de maniobra por parte de AFIP para demorar dicha devolución», señala Setton en su blog.
Sólo el 8,5% de la gente eligió guardar las divisas en el banco durante un año para evitar pagar la percepción del 20% que AFIP cobra al sacarlos. En consecuencia, $22.536 millones implicaron una percepción de $4.507 millones.
Si a eso se le suma la percepción asociada al 35% por la adquisición de dólar turista ($3.906 millones durante 2014) se llega a una suma total a devolver de $5.874 millones.
«Es decir, sólo por la compra de dólar ahorro y dólar viajes, y sin contar aquello recaudado por compras realizadas con tarjetas de crédito y débito en el exterior, por pasajes aéreos al extranjero o por paquetes turísticos a otros países contratados en agencias locales, la AFIP debería devolver, durante este año, el equivalente a unos u$s685 millones de hoy», detalla Setton.
El economista recalca que, sin la existencia aún del dólar ahorro, con la divisa en niveles más bajos y con alícuotas a pagar del 15% y 20% durante la mayor parte del año, el año pasado el monto total a devolver por la AFIP ascendió a $11.160 millones.
«También es cierto que parte de la demanda de dólar ahorro de 2014 se dio por sustitución del dólar tarjeta o dólar viajes, que pagan una alícuota del 35%, mientras el dólar ahorro tiene una alícuota reducida del 20%», reconoce.
«Para que AFIP tenga que devolver este monto, tienen que ocurrir dos cosas necesariamente: que quien pagó la percepción reclamen su devolución (ya sea por el Formulario 746/A si no paga Ganancias o por el 572web si pagó Ganancias en 2014), y que AFIP efectivice esta devolución», indica Setton.
El 2014: mal año, pero no el peor para el turismo

En 2013, cuando el atraso cambiario había alcanzado niveles preocupantes, el BCRA perdió en concepto de turismo internacional, unos u$s8.700 millones, lo que se constituyó en un récord.
Con una baja en el nivel de operaciones del 40% para este año, expertos prevén que la actividad le demandará al Central unos u$s5.200 millones.
Pese a esta brusca contracción, el crecimiento observado previamente había sido de tal magnitud que 2014 igual estará cerrando como el tercer período con el mayor gasto histórico en materia de turismo internacional

Paula Cristi, gerente comercial de Despegar.com afirmó que «si lo comparamos con otros años, el nivel de reservas al exterior bajó pero aun así un gran porcentaje de argentinos sigue optando por viajar a destinos internacionales».
Así las cosas, si bien es cierto que los operadores no están descorchando por este cierre del 2014 también es verdad que celebran la mayor certidumbre, al menos de corto plazo.
Para expertos como Tomás Ryan, ex presidente de la Asociación de Viajes y Turismo, en la medida en que el dólar se mantenga quieto y se aproximen las futuras mejores salariales, entonces hacer turismo en el exterior y tarjetear en moneda extranjera se irá abaratando en término de ingresos.
Esto, que podría ser positivo para el sector, nunca fue una situación «cómoda» para el Banco Central, que está más empeñado que nunca en cuidar los dólares de cara a un 2015 cargadito de vencimientos.

Fuente: iProfesional

Tax revenue reaches record of over $1tn in 2014

The Federal Public Incomes Administration (AFIP) has announced that the revenue agency collected a total tax income of 1.17 trillion pesos over the course of 2014, a new record for the entity and a figure 36 percent higher than the previous year.

AFIP chief Ricardo Echegaray and Finance secretary Juan Carlos Pezoa revealed the figures to reporters today in a press conference. The pair also informed that December’s taking totalled 108.6 billion pesos, an increase of 42.8 percent over the same period in 2013.

The officials highlighted greater efficiency in monitoring tax evasion as one of the key reasons for the increases, contradicting opposition economists who pin the rises in income as a knock-on effect of price increases due to inflation.

Source: Buenos Aires Herald