Agricultura y la CNV emitieron una resolución conjunta que dispone la obligatoriedad del registro de contratos de compraventa en bolsas y mercados.
Las rúbricas del titular de la cartera agraria, Gabriel Delgado, y del presidente de la CNV, Alejandro Vanoli, sellaron la resolución 208 que se publicó este martes en el Boletín Oficial y establece que todas las operaciones de compraventa («disponible», «contado», «a término», «forwards», «a fijar», «directas», entre otras), sobre productos y subproductos que sean subyacentes de contratos de futuros, deberán ser registradas en Mercados y en Bolsas, por intermedio de agentes inscriptos en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA).
Según Delgado, «se trata de una decisión con mirada estratégica y a futuro, de ahí el trabajo mancomunado con la CNV para impulsar a los mercados granarios a incorporar la última tecnología disponible para el procesamiento de operaciones comerciales».
«Queremos promover la generación de información transparente y abundante para minimizar las asimetrías de información existentes en la fijación de precios, que perjudican especialmente a los productores», dijo el funcionario a través de un comunicado.
Vanoli, por su parte, destacó que «con la nueva norma se cumple con las recomendaciones del G20 y de la IOSCO (Organización Internacional de Comisiones de Valores) en el sentido de avanzar hacia el registro de todas las operaciones dentro del ámbito de entidades con amplia experiencia, como son los mercados y las bolsas de cereales, y con la intervención de agentes registrados».
Si bien los funcionarios destacaron que el Estado no fijará precios –que serían determinados según ellos por la libre oferta y demanda- quedarán bajo registro todas las negociaciones.
Las operaciones podrán seguir realizándose en las bolsas pero su registro, que hasta hoy era voluntario, pasa a ser «obligatorio».
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